El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó este miércoles por la noche una proclamación que prohíbe los viajes desde 12 países debido a “riesgos para la seguridad nacional. Además restringe parcialmente la entrada de ciudadanos de otros siete, entre ellos, Cuba y Venezuela.
Según una publicación de la Casa Blanca, se prohíbe completamente que ciudadanos de los siguientes 12 países entren en Estados Unidos: Afganistán, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Myanmar, Somalia, Sudán y Yemen.
Fueron considerados "deficientes en lo que respecta a la detección y la investigación de antecedentes y se determinó que suponen un riesgo muy alto para Estados Unidos", indicó la Casa Blanca.
Además, el anuncio restringió parcialmente la entrada de ciudadanos de siete países: Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
Aeropuerto JFK, Nueva York.
Aeropuerto JFK, Nueva York.
La prohibición de viajar está prevista que entre en vigor pasado un minuto de la medianoche del próximo lunes.
"Las restricciones y limitaciones impuestas por la Proclamación son necesarias para obtener la cooperación de Gobiernos extranjeros, hacer cumplir nuestras leyes de inmigración, así como avanzar otros objetivos importantes de política exterior, seguridad nacional y antiterrorismo", afirmó la Casa Blanca.
La prohibición no se aplicará a residentes permanentes legales, quienes actualmente tienen visado, a ciertas categorías de visas y personas cuyo ingreso sirva a los intereses nacionales de Estados Unidos.
Las razones de Trump para prohibir ingreso de extranjeros a EE.UU.
“El reciente ataque terrorista en Boulder (Colorado) subrayó los peligros extremos que supone para nuestro país la entrada de extranjeros que no son debidamente investigados”, dijo Trump en un mensaje de vídeo. En ese atentado, un egipcio hirió a seis personas de la comunidad judía que protestaban por la liberación de los rehenes en manos de Hamás.
Durante su primer mandato, Trump implementó una medida similar que fue validada por el máximo tribunal, el cual reconoció que la restricción “se basa expresamente en propósitos legítimos”.