28 de enero de 2019 - 00:00

La Corte Penal Internacional y Venezuela - Por Jorge Millán

A la luz de lo sucedido en Venezuela el día 23 de enero bien vale la pena recordar la denuncia presentada ante la Corte Penal Internacional (CPI) el 26 de setiembre de 2018 por Argentina, Paraguay, Colombia, Chile, Perú y Canadá.

La denuncia, en contra de Nicolás Maduro, es por delitos de lesa humanidad (secuestros, desapariciones forzadas, tortura y ejecuciones extrajudiciales) cometidos en el país desde 2014  (i).

La denuncia constituye un hecho inédito en la historia de la CPI desde 2002, año en que dicho tribunal comenzó a funcionar (su sede es en La Haya, Países Bajos). En los casos anteriores en los que la CPI intervino, lo hizo a instancias de organizaciones de derechos humanos.

La denuncia presentada ante la fiscalía de la CPI, basada en audiencias, informes, relevamiento en territorio venezolano y en un dictamen elaborado por la OEA, habla de "una acción sistemática contra jóvenes de entre 15 y 30 años, a los que, sin justificación, se les detendría o llevaría fuera de sus casas para acusarlos de actos que no habrían cometido o asesinarlos aduciendo que opusieron resistencia" (ii).

En efecto, a medida que en Venezuela la situación económica y social, empeora, vastos sectores de la población exigen cambios políticos radicales que van acompañados por masivas marchas.

Dichas manifestaciones, más visibles desde 2014, han concluido, como la reciente marcha del miércoles 23 de enero, con la violenta intervención de la GNB (Guardia Nacional Bolivariana), la PNB (Policía Nacional Bolivariana), del Ejército y de grupos paramilitares, en contra de los manifestantes. El saldo ha sido de cientos de detenidos, personas heridas y varios muertos. La situación ha sido claramente aprovechada por el gobierno para reprimir indiscriminadamente y atemorizar a los opositores, cometiendo toda clase de excesos y arbitrariedades.

Las manifestaciones se dan en el marco de una profunda crisis institucional y económica que se halla bajo observación de la comunidad internacional. La llamada 'crisis venezolana' (escasez de alimentos y medicamentos, hiperinflación, inseguridad, represión, persecución política, abuso de poder, autoritarismo creciente, desplazamientos forzados), ha llevado a más de tres millones de venezolanos a hacer abandono del país.

Son esos hechos los que la comunidad internacional observa con especial preocupación y, gracias a la denuncia formalizada el 26 de setiembre pasado, serán objeto de investigación por la CPI.

La CPI fue creada por iniciativa de la ONU el 17 de julio de 1998 mediante el Estatuto de Roma y comenzó a funcionar el 1 de julio de 2002. El nacimiento de una jurisdicción independiente constituyó un paso histórico hacia la universalización de los derechos humanos. La CPI es el primer tribunal internacional de carácter permanente encargado de juzgar a los responsables de crímenes contra la humanidad, genocidio, crímenes de guerra y agresión (Estatuto de Roma, artículo 5).

La CPI, junto con el TIJ de La Haya, forma parte del sistema de protección internacional de los derechos humanos. La CPI se diferencia del TIJ en que la Corte Penal Internacional juzga personas determinadas, mientras que el TIJ juzga a Estados. La competencia (Estatuto de Roma, art.5, inciso 1) se circunscribe a hechos graves y de trascendencia internacional. Es de destacar que la competencia de la CPI es de carácter complementario, es decir, la CPI actúa solamente en caso de que el país de que se trate no ejerza su competencia o no esté en condiciones de hacerlo. Esta jurisdicción puede ser activada por el Fiscal de la Corte, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y por los estados parte del Estatuto de la Corte (Artículo 14 del Estatuto). Esta última hipótesis constituye el caso bajo análisis. La denuncia de la que en el presente se habla, formulada por estados parte, fue presentada ante la fiscalía de la CPI la que someterá el texto y documentación acompañada a un examen de admisibilidad decidiendo así si le da o no curso.

Los crímenes en los que la CPI es competente son los enumerados en el artículo 5 del Estatuto de Roma, que son: genocidio (art. 6), crímenes de lesa humanidad (art. 7), crímenes de guerra (art. Art.8) y el delito de agresión (art. 8 bis, según Resolución 6 del 11/06/2010 de la Asamblea de Estados Parte del Estatuto de Roma). Mediante la denuncia de los países americanos se solicita a la fiscalía de la CPI que se investigue a Nicolás Maduro, y a todos aquellos que de las investigaciones resulten responsables de delitos de lesa humanidad.

Según el estatuto, los crímenes contra la humanidad cubren una lista de actos concretamente prohibidos cuando forman parte de un ataque sistemático o amplio dirigido contra cualquier población civil. Entre los actos están el asesinato, el exterminio, la violación, la esclavitud sexual, la desaparición forzada de personas y el crimen de apartheid. (iii)

La presentación ante la fiscalía de la CPI, habla de "ataques sistemáticos o generalizados contra una parte de la población civil" constituida por la oposición al Gobierno de Maduro.

El informe en el que se basa la denuncia, elaborado a petición de la OEA, recoge denuncias de 8.000 homicidios, 12.000 personas detenidas arbitrariamente en los últimos dos años y 289 casos de tortura. En el informe se habla de "una clara persecución política" presente en todos los casos analizados.iv
Ante la gravedad de los hechos denunciados, se espera que la CPI acepte su competencia, admita las pruebas ofrecidas, investigue los hechos y, eventualmente, condene a quienes resulten responsables de los atroces delitos descriptos.

i Cf. https://www.perfil.com/noticias/internacional/la-carta-de-la-denuncia-de-argentina-a-venezuela-ante-la-corte-penal-internacional.phtml

ii Fue la necesidad de contar con un organismo de estas características lo que llevó a su creación, pues con anterioridad se habían celebrado los juicios de Nürenberg y Tokio para juzgar los crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial y en la década de los 90 del siglo XX se pusieron en marcha los tribunales penales internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda, pero todos ellos circunscritos a conflictos específicos.

iii http://www.un.org/spanish/law/cpi.htm

iv https://elcomercio.pe/mundo/latinoamerica/oea-asegura-venezuela-cometieron-crimenes-lesa-humanidad-noticia-523598

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