8 de agosto de 2014 - 00:00

La Constitución Nacional y Galuccio

El gobernador Francisco Pérez ha comenzado a buscar la protección de su provincia que el gobierno nacional dejó de lado.

Tímidas movidas para no aceptar la idea de Galuccio de quedarse con todo el negocio petrolero y ofrecer una oportunidad favorable a inversores extranjeros, pueden dejar de lado las responsabilidades que le tocan como gobernador elegido por mendocinos.

En esta batalla, y junto con los gobernadores de Neuquén, Río Negro y Chubut, debería hacer saber a petroleras internacionales lo que la Constitución Nacional dice en su artículo 124.

Podrán hacer negocios con YPF pero en algún momento la Justicia argentina declarará inconstitucionales esos arreglos.

Solamente deben hacerle llegar el texto del art. 124 de la Constitución, que dice (las negritas son mías):

"Art. 124.- Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto. Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio".

Y para que no sea necesario conseguir una traducción del artículo, también le pueden hacer llegar su texto en inglés en su versión oficial:

"Section 124.- The provinces are empowered to set up regions for the economic and social development and to establish entities for the fulfillment of their purposes, and they are also empowered, with the knowledge of Congress, to enter into international agreements provided they are consistent with the national foreign policy and do not affect the powers delegated to the Federal Government or the public credit of the Nation. The City of Buenos Aires shall have the regime which is to be established to that effect. The provinces have the original dominion over the natural resources existing in their territory".

¿Se entiende?

Ricardo Santos
DNI 4.255.186

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