13 de diciembre de 2017 - 17:16

Prestá atención: estos son los casos en los que pueden retenerte el auto

Ciertos incumplimientos y transgresiones pueden motivar esta medida extrema en la nueva normativa de Seguridad Vial en Mendoza.

Hoy entró en vigencia la modificación a la ley de Seguridad Vial de Menoza. Entre otros aspectos hay que considerar que la autoridad de Seguridad podrá retirar o retener vehículos en los siguientes casos:

a) Cuando se constate que circulan sin los dispositivos de seguridad reglamentarios o en condiciones deficientes;

b) Cuando se encuentren indebidamente estacionados;

c) Cuando encontrándose bien estacionados se constate su permanencia continua en el mismo sitio por más de 3 días hábiles;

d) Cuando circulen sin el correspondiente sistema silenciador en condiciones o produciendo la emisión indebida de gases contaminantes;

e) Cuando circulen sin los sistemas de luces en condiciones en horarios en los cuales no sea suficiente la luz solar;

f) Cuando su conductor no tuviere edad para conducir, careciere de licencia habilitante o la misma no correspondiese a la categoría del vehículo, cuando la licencia estuviese caduca en su término de vigencia, no renovada o habilitada debidamente, estuviere bajo intoxicación alcohólica o de estupefacientes, siempre que no hubiere personas habilitadas que puedan reemplazarla inmediatamente en la conducción;

g) Cuando circulen en transgresión a los sistemas de identificación material del vehículo establecidos por el decreto-Ley Nacional Nº 6.582/58 

h) Cuando carezca del seguro obligatorio previsto en la legislación vigente;

i) Cuando resulte necesario para hacer cesar la comisión de la infracción en el caso de transporte colectivo de pasajeros y carga sujeto a autorización administrativa y careciera de la misma.

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