El maltrato animal es delito penal

Quienes son testigos de tales delitos tienen la obligación de efectuar denuncia por el sólo hecho de que la víctima es un ser sintiente.

El maltrato animal es delito penal
El maltrato animal es delito penal

Los actos de maltrato y crueldad animal son un problema social y cultural. Quienes son testigos de tales delitos tienen la obligación moral de efectuar denuncia penal por el sólo hecho de que, quien es la víctima del delito, es un ser sintiente, con derechos fundamentales que no pueden ser vulnerados o desconocidos.

En 1954, se sancionó la Ley 14.346 conocida más comúnmente como "Ley Sarmiento". Ésta distingue una clasificación entre "actos de maltrato" y "actos de crueldad animal".

Entre los primeros podemos encontrar, por ejemplo, no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos; azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas; hacerlos trabajar en jornadas excesivas; emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado; estimularlos con drogas; emplearlos en tiro de vehículos que excedan sus fuerzas.

Son del segundo grupo los actos tales como practicar vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o con personas que no estén debidamente autorizadas para ello; mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal; intervenirlos quirúrgicamente sin anestesia y sin poseer título médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos; abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones; lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el solo hecho de perversidad; realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales, entre otros.

Sin embargo, no sólo existe la normativa antes mencionada, sino también la Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobada por Naciones Unidas y la Unesco en particular.

Esta Declaración establece que todo animal posee derechos, cuyo desconocimiento sigue conduciendo a la persona humana a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los animales.

Además, nuestra Constitución Nacional, a través del artículo 41, protege el derecho a un ambiente sano y a la preservación de la  diversidad biológica.

Nuestra ley pena los actos de maltrato y crueldad animal con prisión de quince días a un año, lo que nos conduce a un delito excarcelable.

Sin embargo, en la actualidad, debido al crecimiento de denuncias y a la evolución que verificamos como sociedad, se está revisando, mediante un proyecto de reforma, no sólo la elevación de las penas, sino también la inclusión de nuevos tipos penales como, por ejemplo: la zoofilia, el abandono, la culpa.

Ello porque sólo se castiga a quien tiene la intención de cometer un acto de crueldad o maltrato y no a quien por negligencia, impericia, inobservancia u omisión los comete, entre otros tipos penales.

Ahora bien, para que nuestra ley se cumpla es indispensable activar el sistema judicial. Para ello, las personas que sean testigos de maltrato animal deben radicar la denuncia en la Oficina Fiscal del lugar donde se produjo el hecho; declarar con el mayor detalle posible las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que se comete o cometió el delito y agregar, si es posible, pruebas tales como fotos, videos, datos de testigos o cualquier otra que sirva a la causa.

Es importante saber que no es necesaria la intervención de abogados para realizar la denuncia. Cualquier persona mayor de edad puede hacerla; sólo se requiere compromiso de quien efectúa la misma y ponerse a disposición de la Fiscalía para lo que necesite a los fines de investigar el delito en cuestión.

Por último, compartimos una reflexión de Jeremy Bentham que estimamos oportuna: “La pregunta no es, ¿pueden razonar? ni ¿pueden hablar? Sino: ¿pueden sufrir? ... Si un ser sufre, no puede existir justificación moral para rehusar tomar ese sufrimiento en consideración. No importa la naturaleza del ser (...). Es probable que llegue el día en que el resto de la creación animal pueda adquirir aquellos derechos que jamás se le podrían haber negado a no ser por obra de la tiranía”.

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