Los seguros automotores tendrán nuevos límites de cobertura por responsabilidad civil a partir de 2027. La actualización establece montos diferenciados según el tipo de vehículo y alcanza tanto a particulares como a taxis, camiones y transporte de pasajeros, además de fijar nuevos valores para la asistencia médica y las indemnizaciones por fallecimiento o incapacidad.
La medida fue dispuesta por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) mediante la Resolución 480/2026, publicada en el Boletín Oficial. Los nuevos topes se aplicarán a las pólizas que se emitan o renueven desde el 1 de enero de 2027.
Para los automóviles particulares, camionetas, motocicletas, casas rodantes y vehículos de alquiler sin chofer, el límite único de cobertura por acontecimiento será de $270 millones. En otras categorías, los montos serán superiores y llegarán hasta los $880 millones.
Cuánto cubrirá cada categoría de vehículos
La resolución establece tres escalas principales de cobertura, de acuerdo con las características y el uso de las unidades:
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$270 millones: automóviles particulares, camionetas, vehículos remolcados, motocicletas, bicicletas con motor, casas rodantes y unidades de alquiler sin chofer.
$590 millones: taxis, remises, camiones, acoplados, maquinaria agrícola y vial, servicios de urgencia y vehículos de las fuerzas de seguridad. El mismo límite corresponde a vehículos de transporte de pasajeros de categoría M1, de hasta ocho asientos, y a los servicios contratados mediante plataformas tecnológicas.
$880 millones: colectivos y ómnibus de las categorías M2 y M3, destinados al transporte de más de ocho pasajeros.
Los importes corresponden al límite máximo de responsabilidad civil por acontecimiento. La normativa también permite que las compañías aseguradoras soliciten ampliaciones de esos topes ante el organismo, mediante la presentación de la documentación correspondiente.
La actualización de la Superintendencia de Seguros fija coberturas de hasta $880 millones para colectivos y ómnibus de mayor porte.
Nuevos montos para gastos médicos e indemnizaciones
La actualización también alcanza a la Obligación Legal Autónoma contemplada en el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil establecido por la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
En este apartado, se fijaron los siguientes valores por persona:
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Gastos sanatoriales: hasta $1.200.000.
Gastos de sepelio: hasta $700.000.
Muerte o incapacidad total y permanente: $27 millones.
La resolución establece, además, que las aseguradoras deberán liquidar los gastos de asistencia sanitaria e inhumación dentro de un plazo máximo de cinco días desde la acreditación del derecho al reclamo.
El texto normativo precisa que las compañías no podrán oponer como defensa la falta de responsabilidad del asegurado respecto del daño para demorar esos pagos.
Qué pasa con los taxis, remises y el transporte público
La disposición también establece condiciones específicas para los descubiertos obligatorios, es decir, la parte del reclamo que queda a cargo del asegurado.
Para el transporte público de pasajeros, ese monto se fijó en $4,4 millones por acontecimiento.
En el caso de taxis y remises, la normativa obliga a incluir una cláusula destacada en el frente de la póliza. Allí deberá especificarse que la participación obligatoria del asegurado en cada reclamo no podrá superar los $650.000.
Cuándo entran en vigencia los nuevos límites
Los valores establecidos por la Resolución 480/2026 comenzarán a aplicarse a todas las pólizas emitidas o renovadas a partir del 1 de enero de 2027.
La Superintendencia de Seguros también encomendó a su Gerencia Técnica y Normativa revisar los límites de cobertura cada año, durante el mes de octubre, con el objetivo de actualizar los montos establecidos.