Emergencia energética: comienza la revisión de tarifas y la quita de subsidios durará tres años

De esta manera se mantendrá la intervención en los entes reguladores de electricidad y gas hasta el 31 de diciembre de 2024 y empezará el proceso de revisión tarifaria.

Comenzará la revisión de las tarifas de la luz y el gas y la quita de subsidios serpa completa de acá a tres años. - Foto: Orlando Pelichotti
Comenzará la revisión de las tarifas de la luz y el gas y la quita de subsidios serpa completa de acá a tres años. - Foto: Orlando Pelichotti

Este lunes se hizo oficial la declaración de emergencia en el sector energético por parte del Gobierno nacional. De esta manera, se mantendrá la intervención de los entes reguladores de electricidad y gas hasta el 31 de diciembre de 2024 y empezará el proceso de revisión tarifaria del servicio eléctrico.

La medida fue oficializada en el decreto N°55/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La emergencia fue declarada en los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural.

Tal como lo explicó el ministro de Economía, Luis Caputo, en una reciente entrevista con Luis Majul con LN+ los subsidios a la energía y el transporte -en este caso no alcanzado por el DNU- representan 2% del PBI y lo irán “corrigiendo a razón de, aproximadamente, un tercio por año”. “Hoy estamos corrigiendo 0,7 puntos de esos 2 puntos, de los cuales, 0,5% es energía y 0,2% es trasporte”. Por lo que el proceso de eliminación total de los subsidios llevaría tres años.

Sobre el impacto en las tarifas de energía, en particular, el Ministro aclaró: “Es muy difícil decirle a la gente porque no es que va a ser solo una quita de subsidios, se está tratando de hacer más eficiente este proceso. Por un lado, se está hablando con las empresas para tener una ecuación financiera más eficiente. Y por el otro, se está cambiando el enfoque, en vez de subsidiar libremente la oferta y que muchos nos hayamos acostumbrado, de alguna manera, a malgastar energía porque es prácticamente gratis, pasamos a un enfoque donde se va a subsidiar la demanda”.

Por otra parte, Caputo aclaró que, con este modelo se subsidiará un determinado número de kilowatts, por lo que los usuarios beneficiados pagarán solo excedente de ese consumo. Asimismo, aclaró que se hará una diferenciación “entre los sectores que más lo necesitan y los que menos lo necesitan”.

Foto: Orlando Pelichotti
Foto: Orlando Pelichotti

Qué pasará en Mendoza

Con el inicio de la revisión de tarifas, Jimena Latorre, ministra de Energía y Ambiente de Mendoza, explicó que estas medidas del Gobierno nacional impactan sobre el costo de abastecimiento, es decir, el precio de la energía. “De lo que cada usuario mendocino paga, ese precio de la energía representa alrededor de un 35%. A eso después se le agrega el segmento de distribución, que es sobre lo que tiene competencia el gobierno provincial, y los impuestos. Sobre ese 35% es la quita de subsidios que está anunciando el gobierno nacional”, dijo la funcionaria.

“Tengamos en cuenta que el massismo dejó una segmentación de esas tarifas de acuerdo a los ingresos de los usuarios, pero esa segmentación implicaba también una seria distorsión de los precios, porque el usuario N2, que es el que recibe todos los subsidios, remunera recién un 15% del costo de abastecimiento. Es decir, los que pagan tarifa plena, pagan sin ningún tipo de subsidio, pero los que pagan con subsidio pagan sin tope de consumo y solamente un 15% del precio de la energía”, añadió Latorre.

Si bien aclaró que todavía no hay mayores detalles al respecto de cómo se van a implementar las políticas de revisión de tarifas y que no se ha emitido hasta el momento comunicación oficial, explicó que lo que habría es “un redireccionamiento de los subsidios de la oferta a la demanda”. Esto significa “dejar de intervenir en el mercado para lograr una readaptación y un reacomodamiento de los mercados, pero, por el otro lado, focalizar el esfuerzo fiscal en asistir a quienes, efectivamente, lo necesiten desde un subsidio a la demanda, no más a la oferta”, completó.

El detalle de la norma

El decreto, que lleva la firma del presidente Javier Milei y de su gabinete de ministros, instruye a la Secretaría de Energía de la Nación a establecer los mecanismos para la “sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías”.

También determina el inicio de la revisión tarifaria conforme al artículo 43 de la Ley N° 24.065 y al artículo 42 de la Ley N° 24.076 correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural.

El DNU establece que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024.

Además, se dispone la intervención del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), a partir del 1° de enero de 2024 y hasta la designación de los miembros del Directorio que resulten del proceso de selección previsto en el artículo 8° del presente decreto. Para la conformación de los directorios del ENRE y del Enargas, la Secretaría de Energía cuenta con un plazo de 180 días.

Hasta tanto concluya el proceso de revisión tarifaria podrán aprobarse “adecuaciones transitorias de tarifas y ajustes periódicos”, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados, a cuenta de lo que resulte de la revisión tarifaria dispuesta en el citado artículo 3°.

El decreto define la aplicación de mecanismos que posibiliten la participación ciudadana en el proceso de adecuación tarifaria transitoria, la que se llevará a cabo contemplando las previsiones del “Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional” aprobado por el Decreto N° 1172 del 3 de diciembre de 2003 y sus modificatorios o bien el régimen propio de participación que el Ente Regulador disponga conforme a su normativa vigente.

 Foto: Los Andes
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