Cuáles son los nuevos montos mínimos de los anticipos para Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los importes que se deben pagar a cuenta de estos impuestos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes mínimos para el ingreso de los anticipos del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. La medida, informaron desde el organismo, simplifica las tareas de cumplimiento de los contribuyentes y se implementó por razones de administración tributaria.

Bienes Personales

A través de la Resolución General 5213/2022, se incrementó el importe a partir del cual se genera la obligación del ingreso de los pagos a cuenta del impuesto sobre los Bienes Personales. El nuevo monto es de $5.000. El anterior importe, vigente desde 2018, era de $1.000. La actualización rige para los anticipos correspondientes al período fiscal 2022 y siguientes.

Impuesto a las Ganancias

A través de la Resolución General 5211/2022, se elevan los importes mínimos para el ingreso de los anticipos del impuesto a las Ganancias. Los nuevos montos son de $5.000 para el caso de personas humanas y sucesiones indivisas, y de $2.500 para personas jurídicas. Estos importes eran, hasta ahora, de $1.000 y de $500, respectivamente.

Los montos actualizados resultarán de aplicación a partir del período fiscal 2022 para cuando se trate de personas humanas y sucesiones indivisas, y desde el período fiscal 2023 para el caso de Ganancias sociedades.

Asimismo, con esta resolución se introducen adecuaciones normativas en línea con la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado 2019. Por último, se adecúa también el procedimiento para la determinación de los anticipos que deben ingresar los contribuyentes beneficiados por regímenes de promoción. Se aplica la reducción pertinente respecto del monto total del impuesto a las ganancias correspondiente a la actividad promovida.

A principios de mes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el monto a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados deben presentar declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El nuevo umbral de ingresos y rentas pasó de $2.500.000 a $3.700.000.

Se debe recordar que la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales vencía los días 23 y 27 de junio. Esto, luego de que la semana pasada, AFIP ratificara que seguían vigentes los vencimientos de acuerdo a las fechas que habían sido establecidas, tras un fallo judicial en contrario.

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