24 de julio de 2026 - 10:55

Cobrar el sueldo en dólares: habilitan a las empresas a abrir cuentas en moneda extranjera para sus empleados

El BCRA modificó su normativa para la implementación efectiva de uno de los puntos de la reforma laboral. Ahora, las empleadoras podrán acreditar salarios en dólares.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral al habilitar formalmente las cuentas sueldo en dólares estadounidenses.

A partir de esta modificación, las empresas podrán acreditar salarios en moneda extranjera, una posibilidad que hasta ahora no estaba contemplada por la regulación bancaria.

La medida quedó establecida este viernes mediante la Comunicación “A” 8460, con la que el organismo actualizó las normas aplicables a las cuentas destinadas al pago de remuneraciones para adecuarlas a los cambios introducidos por la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802.

La reforma responde a la modificación del artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, incorporada por el artículo 34 de la nueva legislación, que establece que la remuneración de los trabajadores puede abonarse en dinero tanto en moneda nacional como en moneda extranjera.

El Banco Central cotizó el dólar minorista para la venta a $1.513.

El Banco Central cotizó el dólar minorista para la venta a $1.513.

Hasta esta actualización, la reglamentación del Banco Central únicamente contemplaba la existencia de cuentas sueldo denominadas en pesos, por lo que, aunque la ley ya permitía pactar salarios en otra moneda, faltaba una adecuación normativa para que el sistema financiero pudiera instrumentarlo.

Con la nueva disposición, las cuentas sueldo podrán abrirse tanto en pesos como en dólares estadounidenses, manteniendo las mismas condiciones de gratuidad que ya regían para las cuentas destinadas al cobro de haberes en moneda nacional.

De esta manera, el Banco Central eliminó uno de los principales obstáculos regulatorios que impedían implementar plenamente la posibilidad prevista en la legislación laboral.

Comunicación “A” 8460 del BCRA: habilitan cuentas sueldo en dólares

Comunicación “A” 8460 del BCRA: habilitan cuentas sueldo en dólares

No obstante, la actualización normativa no implica que el pago de salarios en dólares se generalice de manera inmediata.

Todavía existen condicionantes que limitan la utilización masiva de este mecanismo. Entre ellos sobresalen las restricciones cambiarias que afectan a las empresas para acceder libremente al mercado oficial de divisas con el objetivo de comprar dólares destinados al pago de salarios u otras operaciones locales.

En ese contexto, la posibilidad de abonar remuneraciones en moneda estadounidense dependerá, en gran medida, de la disponibilidad de divisas de cada empleador y de la estructura financiera de cada compañía.

Por ese motivo, se espera que la modalidad tenga una adopción más frecuente en sectores exportadores, empresas con ingresos dolarizados o firmas internacionales que ya manejan parte de sus operaciones en moneda extranjera.

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