AFIP aumentó los montos desde los cuales supervisa los movimientos en cuentas bancarias y billeteras digitales

Según explicó el organismo, en acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto se eleva de $200.000 a $700.000. Se prevé que los topes se actualicen cada seis meses según las variaciones del IPC que comunique el INDEC.

“Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente”, comunicó el organismo comandado por Florencia Misrahi. Foto: Freepik
“Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente”, comunicó el organismo comandado por Florencia Misrahi. Foto: Freepik

Con el objetivo de simplificar los procesos tributarios para beneficiar a los contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentó los importes a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben informar al Estado sobre los movimientos de sus clientes.

En rigor, el organismo comunicó este viernes que “se encuentra abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información”.

Por este motivo, la administración “modificó la Resolución General N° 4298, que establece la obligación de informar de las entidades financieras a esta Administración Federal”. “Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente”, afirmaron.

En este sentido, en lo que refiere a “acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se eleva de $200.000 a $700.000″. “En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se eleva de $120.000 a $400.000″, agregan.

Asimismo, el organismo comandado por Florencia Misrahi que “se elevaron los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que establece el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago”.

En los casos de ingresos o egresos totales “el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000″.

En cuanto a la actualización de los topes, desde el organismo explicaron que se harán cada seis meses, para ambos regímenes de información, “sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC”.

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