¿Dónde denunciar maltrato animal?

Se puede concurrir a cualquier Oficina Fiscal de la provincia y aportar pruebas si las hubiera.

¿Dónde denunciar maltrato animal?
¿Dónde denunciar maltrato animal?

Una persona que no alimenta a su mascota, la lastima intencionalmente o realiza actos públicos o privados de riñas de animales, entre otros actos de crueldad, puede ser denunciados por maltrato animal.

El interesado puede concurrir a efectuar la acusación formal en cualquier Oficina Fiscal de la provincia y aportar pruebas si las tuviera. "Se trata de delitos de acción pública en los que el fiscal tiene que actuar sí o sí", aseguró Oscar Mellado, abogado representante de Asoreva y experto en la temática. Él detalló que son causas que avanzan de oficio por lo que no hace falta la instancia de partes.

De todas formas el letrado reconoció que les han llegado casos en los que no han querido recibirles la denuncia. “Muchas veces te patean para adelante, explicando que hay otros delitos que afectan a personas que son más importantes, pero los animales son seres sintientes que están protegidos por la ley”, remarcó,

Los delitos de maltrato animal están tipificados en la Ley 14.346, conocida como Ley Sarmiento.

En la misma son considerados actos de maltrato:

-No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.

-Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.

-Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.

-Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.

-Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

-Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

Mientras que son considerados actos de crueldad:

- Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.

-Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.

-Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.

-Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.

-Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.

-Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.

-Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad.

-Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

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