Las fuerzas de seguridad pueden y, en algunos casos, deben usar las armas de fuego. Deben buscar hacer el menor daño posible porque el objetivo es cuidar la vida de todas las personas. Excepcionalmente, pueden matar (a la Justicia le tocará decidir sobre la legalidad).
Así está contemplado en acuerdos internacionales de derechos humanos sobre cómo deben actuar las policías. Es tramposo el antagonismo entre derechos humanos y uso de la fuerza policial. Conviven de acuerdo a criterios y límites precisos. El conocerlos y aplicarlos hace a la profesionalidad, pero también a los riesgos de la función policial que, lógicamente, suele preocupar a los uniformados.
La conducción operativa, la dirección política de los responsables de la seguridad y la formación adecuada son las condiciones que deben garantizar esa profesionalidad.
No es un tema nuevo para la Argentina. Ya estaba contemplado en distintas normas de las áreas de seguridad con criterios disímiles. La resolución polémica del Ministerio de Seguridad tiene un alcance limitado, unifica criterios en bastante coincidencia con las normas internacionales de derechos humanos pero flexibiliza algunos de manera difusa y riesgosa.
El tratamiento mediático fue despatarrado, confuso y teñido por especulaciones sectoriales que podrían llevar confusión a los policías, rompiendo ese equilibrio entre formación, control y legalidad, que hace a su profesionalidad.
Hay un punto a rescatar en la polémica: estas resoluciones que desde hace varias gestiones viene tomando el Ministerio de Seguridad demuestran que los gobiernos se están tomando más en serio el tema. Antes, estos reglamentos los escribían los mismos gendarmes o prefectos, por ejemplo, sin que a nadie le importara mucho. La seguridad ciudadana es una deuda política que la democracia argentina viene saldando muy lentamente.
En 1991 se aprobó la ley de Seguridad Interior, que es uno de los pilares democráticos. Dice que las fuerzas de seguridad deben incorporar las recomendaciones del código de ética profesional de las Naciones Unidas. Pero nada se dice sobre los principios que deben regular el uso de armas de fuego. Un aniversario siempre es excusa para balances: después de 35 años de democracia ¿no llegó el momento de actualizar la ley de Seguridad Interior incorporando nuevos reglamentos acordes a principios internacionales y dándoles un nivel legal superior a una resolución ministerial? La seguridad debe ser una política de Estado que se sostenga más allá de las gestiones.
Las resoluciones se revocan con otras resoluciones y tanta volatilidad no ayuda a afianzar un sistema.
Mendoza tiene mucho para enseñar en este punto. A través de un amplio consenso político que se definió como política de Estado, sancionó en 1999 la Ley 6.722 del régimen de policías que incorpora criterios internacionales sobre el uso de armas de fuego. Por la misma época creó un instituto universitario para formar a los policías y un sistema de control externo del de la seguridad. En los últimos años, aplicándolos, Mendoza no ha tenido casos de gatillo fácil y ha logrado reducir sustancialmente la tasa de homicidios y robos con armas.
Detrás de la pirotecnia, hay una oportunidad de consolidar un sistema de seguridad pública para la democracia argentina. Los desafíos de época tienen que ver con la violencia social y con la criminalidad organizada. Sería oportuno, por ejemplo, discutir e instituir un sistema federal de prevención del delito que articule políticas sociales, urbanas y judiciales; o fortalecer la conversión de la Policía Federal en un agencia de investigaciones con real alcance nacional. Porque una mejor seguridad siempre es más inteligente y menos violenta.