El Gobierno Nacional dispuso hoy el pago del “Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) a través de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) pero sólo para una parte de los destinatarios.
El Gobierno Nacional dispuso hoy el pago del “Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) a través de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) pero sólo para una parte de los destinatarios.
El bono de 10 mil pesos se les acreditó de manera automática a aquellas personas que cuentan con una Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo y cumplan con los requisitos.
El resto de los beneficiarios sociales que no cuenten con una AUH serán estudiados por ANSES y AFIP para determinar si cumplen o no los requisitos.
Los organismos gubernamentales mencionados con anterioridad serán los encargados de realizar evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos, con el fin de corroborar la situación de real necesidad del individuo y de su grupo familiar.
Si bien la fecha de cobro se informará en los próximos días, desde la ANSES estiman que podría abonarse a partir del lunes 13 de abril. Este beneficio lo percibe un integrante del grupo familiar y se cobra por única vez en abril.
El IFE (Ingreso Familiar de Emergencia) será otorgado a las siguientes personas siempre y cuando cumplan los requisitos y se hayan preinscripto en el plan:
- Desocupados
- Trabajadores Informales
- Empleadas domésticas (informales y en blanco)
- Monotributistas inscriptos en las categorías "A" y "B"
- Monotrobutistas sociales
- Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años.
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:
I - Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
II - Monotributistas de categoría "C" o superiores y régimen de autónomos.
III - Prestación por desempleo.
IV - Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
V - Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales. (A excepción de Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR).