18 de junio de 2025 - 00:05

El gobierno de los jueces, la justicia de jueces

Las vinculaciones de la justicia con la política y su actuación en consecuencia no dejan más que poner en tela de juicio la forma de comprender el derecho, de interpretarlo, y en última instancia, de hacer política desde los estrados.

El reciente fallo de la Corte Suprema en la conocida “causa vialidad” contra Cristina Fernández de Kirchner vino a poner en cuestionamiento nuevamente a la administración de justicia. Allí, se confirmó la pena dispuesta en la Cámara de Apelaciones, determinando la privación de libertad y la inhabilitación para ejercer cargos públicos para la ex presidenta. Ahora bien, su resolución en un año electoral con posterioridad al lanzamiento de la candidatura de Cristina, no deja más que levantar sospechas. Los principales interrogantes han estado vinculados a los elementos probatorios a lo largo de todo el proceso judicial y su interpretación, así como también la oportunidad (o rapidez) en el tratamiento por el alto tribunal, frente a demoras excesivas de otras causas. En consecuencia, frente a estos hechos, se vuelve necesario analizar el rol del Poder Judicial en nuestro país, su vinculación y/o condicionamiento con los otros poderes estatales, así como también su apego a la norma a la hora de “decir el derecho”.

Desde la historia de la justicia proponemos algunas formas de abordaje o reflexión frente a este debate que viene a cuestionar en última instancia al Estado. Revisitar nuestra cultura jurídica sobre la forma de impartir justicia nos permitirá comprender cómo se ha ido construyendo esa función estatal. Si bien la tarea de administrar justicia supuso el dictado de sentencias, los jueces no siempre las elaboraron de la misma manera. En otras palabras, la fundamentación de las resoluciones no fueron siempre sinónimo de validez de las mismas, ni estuvo atada a su responsabilidad como funcionarios.

En el Antiguo Régimen los espacios de las indias (colonias españolas en América) fueron regulados por el derecho castellano, asentado en un orden político que distinguía funciones sin recurrir a la separación de poderes. Ellas eran gobierno, justicia, hacienda y guerra. La cultura jurídica desarrollada durante el período virreinal determinó la responsabilidad de los magistrados, vinculada a su persona, dado que la garantía de justicia de una decisión no radicaba tanto en la adecuación de la sentencia a una ley, sino que se concentraba en la persona del juez, en sus atributos personales. Se trataba, como es reconocido, de una justicia de jueces más que de una justicia de leyes. De esa manera, la legitimidad de la sentencia se fundaba en la honorabilidad o moralidad del juez a partir de lo cual se entendía que había resuelto el caso de manera justa. De esta forma, se entendía que el juez al dictar sentencia decía el derecho, regulaba la vida de las personas, en síntesis, “gobernaba” en su espacio de competencia, según su saber y entender.

Con el advenimiento del proceso revolucionario del Río de la Plata en 1810, los ideales del liberalismo fueron las bases sobre las cuales se asentaron los fundamentos jurídicos. En consecuencia, el sistema republicano y la división de poderes configuraron el esquema de las instituciones que se formarían en las distintas provincias primero y luego, en el Estado Nacional. Si bien los textos constitucionales de mitad del siglo XIX buscaron asegurar el principio de legalidad y el apego de los funcionarios judiciales a la norma, no fue sino hasta fines de siglo, con los procesos codificadores, que ese requerimiento comenzó a tener mayor recepción en los tribunales. En otros términos, sin bien se procuraba que las decisiones judiciales estuvieran fundamentadas en el ordenamiento jurídico, éste estaba todavía en construcción y presentaba muchos interrogantes sobre la forma de su aplicación. Así, durante el siglo XIX, pervivieron prácticas judiciales y normativas coloniales en la configuración de los nuevos espacios políticos.

Este breve recorrido histórico sobre la fundamentación de sentencias de los magistrados viene a abonar el debate sobre el rol que cumplen los jueces en la sociedad. El Poder Judicial es un poder estatal conformado por integrantes no electos directamente por la voluntad popular. Así, si bien en su constitución intervienen los representantes tanto del Poder Legislativo como del Ejecutivo, los funcionarios judiciales conviven con todos los gobiernos, ya que permanecen en el tiempo mientras dure su buena conducta. Entonces podríamos preguntarnos ¿a qué nos referimos cuando reclamamos por la independencia del Poder Judicial?: a la crítica de intervención de los otros poderes sobre la administración de justicia, o respecto del accionar de los mismos jueces que no suponga una desviación en el tratamiento de sus causas. ¿Hasta dónde quisiéramos negar el rol político que cumple la administración de justicia? ¿de qué nos sirve o a quién le sirve? ¿pueden los jueces vincularse personalmente con dirigentes políticos? ¿jugar un partido de futbol o hacer un viaje con representantes de un sector político puede condicionar el accionar judicial? Sin bien no podemos demostrar una relación directa, sin lugar a dudas las vinculaciones de la justicia con la política y su actuación en consecuencia no dejan más que poner en tela de juicio la forma de comprender el derecho, de interpretarlo, y en última instancia, de hacer política desde los estrados.

* El autor es abogado. Becario Doctoral de CONICET. Profesor de la Facultad de Derecho-UNCUYO.

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