20 de enero de 2026 - 20:19

Compras en Chile 2026: cuánto se puede gastar y qué está permitido traer a la Argentina

Conocer estas reglas resulta clave para organizar el presupuesto y evitar inconvenientes en los pasos fronterizos.

Cenco Costanera - shopping Chile

Qué son las franquicias

Las franquicias establecen el monto máximo permitido para la compra de bienes en el extranjero y se aplican por persona. No contemplan elementos considerados equipaje personal, como ropa usada, objetos de uso habitual, libros, folletos y periódicos. Para que el ingreso sea válido, los viajeros deben completar los formularios correspondientes al ingresar a Chile y declarar los bienes adquiridos al momento de regresar a la Argentina.

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Los distintos valores

El valor de la franquicia varía según la edad del viajero.

- Las personas mayores de 16 años cuentan con una franquicia de hasta 300 dólares estadounidenses, mientras que los menores de esa edad disponen de un límite de 150 dólares.

- Cuando el monto de las compras supera esos valores, el excedente queda alcanzado por el Tributo Único, un impuesto que se aplica con una alícuota del 50% sobre el valor que excede la franquicia permitida.

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Los límites de dinero

Además de las franquicias para compras, existen límites para el ingreso y egreso de dinero en efectivo.

- Los mayores de 16 años pueden transportar hasta 10.000 dólares por persona, mientras que los menores de 16 tienen un tope de 5.000 dólares. Si se superan estos montos, es obligatorio completar una declaración ante la Aduana.

Productos permitidos y prohibidos

Entre los artículos permitidos se incluyen teléfonos celulares, tablets y notebooks, siempre dentro de los límites de la franquicia, además de ropa, libros y objetos de uso personal. Estos productos pueden trasladarse sin inconvenientes siempre que no tengan fines comerciales.

En cambio, están prohibidos los bienes destinados a la venta o uso industrial, los electrodomésticos de línea blanca, las armas de fuego sin la autorización correspondiente, los explosivos, inflamables y estupefacientes, así como cualquier mercadería cuya importación esté restringida por razones sanitarias, de seguridad u otras no económicas.

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