La Policía Ambiental Minera detectó faltas en una planta de hormigón en Godoy Cruz y aplicó graves sanciones

La PAM constató que la planta seguía operando pese a una orden de cese vigente desde el 13 de enero. Hubo actas, sanciones agravadas y posible denuncia.

La Policía Ambiental Minera(PAM), dependiente del Ministerio de Energía y Ambiente de Mendoza, realizó una nueva inspección en una planta de beneficio de hormigón de Godoy Cruz y constató que seguía operando pese a tener una orden preventiva de cese de actividades vigente. Ante esa desobediencia, el organismo labró las actas correspondientes e inició el proceso de imputación con sanciones agravadas, además de anticipar que pondrá el caso en conocimiento de la Fiscalía de Delitos Ambientales.

La intervención se apoyó en una segunda inspección cuyo objetivo fue verificar el cumplimiento de la medida de cese dispuesta previamente. Según el parte oficial, la orden se había dictado el 13 de enero de 2026, luego de infracciones detectadas durante controles de rutina.

Cuando los inspectores regresaron a la planta, encontraron actividad productiva en marcha: maquinaria en funcionamiento, movimiento de vehículos y circulación de camiones vinculados al proceso, entre ellos mixers y camiones de carga transportando minerales. Para el Ministerio, el hecho trasciende el plano administrativo: se trata de un desconocimiento directo de una medida preventiva dictada por la autoridad competente, un comportamiento que agrava de manera sustancial la situación del infractor.

El operativo se enmarcó en el esquema de controles sistemáticos que sostiene el Ministerio de Energía y Ambiente para hacer cumplir el Código de Procedimiento Minero, la Resolución 110/25 de la Dirección de Minería, la normativa ambiental y otras disposiciones aplicables a este tipo de establecimientos.

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Además, detectaron una guía de transporte de áridos vencida; evalúan dar intervención a Delitos Ambientales.

Además, detectaron una guía de transporte de áridos vencida; evalúan dar intervención a Delitos Ambientales.

Qué se detectó dentro de la planta de hormigón

El expediente se apoya en dos ejes. Por un lado, las infracciones previas que habían derivado en el cese: la falta de presentación del informe de partida y la no inscripción en el Registro de Productores Mineros, requisitos básicos para operar dentro del marco legal.

Por otro lado, el núcleo más delicado para la PAM fue la continuidad de la operación pese a la orden vigente. Con ese antecedente, los inspectores labraron el acta e impulsaron la imputación con el agravante por incumplimiento de la medida preventiva, conforme al artículo 203 del Código de Procedimiento Minero (Ley N.º 9529), en sus incisos A, B, D, G y J.

La inspección también sumó un hallazgo adicional: un cargamento de minerales (áridos) destinado a abastecer a la planta circulaba con la Guía de Transporte de Minerales vencida, ya que la fecha era posterior a su admisión. Por ese punto, se confeccionó un acta extra y se inició la imputación correspondiente según la normativa.

Desde el organismo remarcaron que el respeto de las medidas de cese, la inscripción en los registros oficiales y la presentación de documentación obligatoria no constituyen trámites optativos. Para la autoridad de control, son condiciones indispensables para que la actividad se desarrolle de manera regular, con trazabilidad y bajo estándares ambientales.

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Inspectores hallaron maquinaria en marcha y camiones en movimiento; se labraron actas y sanciones agravadas.

Inspectores hallaron maquinaria en marcha y camiones en movimiento; se labraron actas y sanciones agravadas.

Faltas, multas, clausuras y un posible frente penal

De acuerdo con el marco legal citado por el Ministerio, este tipo de conductas puede derivar en sanciones de distinta magnitud, que van desde multas elevadas y suspensión inmediata de actividades hasta clausuras temporarias o definitivas. En los casos más graves, también puede analizarse la inhabilitación del infractor, en función de la gravedad de los hechos, la reincidencia y el riesgo ambiental asociado.

Además del carril administrativo, la PAM informó que pondrá la situación en conocimiento de la Fiscalía de Delitos Ambientales para que evalúe una intervención por desobediencia ante una orden de autoridad competente, bajo la referencia del artículo 239 del Código de Procedimiento Penal, según detalló el comunicado.

Con este caso como antecedente, el Ministerio anticipó que intensificará los controles en todo el territorio provincial y que aplicará las herramientas legales disponibles frente a incumplimientos.

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