2 de enero de 2026 - 15:55

Cuenta regresiva para expropiación y desalojo de las dos familias de Carril Centro en la obra de la doble vía

Tras la primera exposición pública del caso, dos familias que viven donde Vialidad Provincial proyecta una rotonda para la doble vía Rivadavia / Ruta 7, aseguran haber recibido una advertencia directa: el 5 de enero podrían avanzar las máquinas.

La mañana después de Año Nuevo no dio tregua. El calor se volvió espeso desde temprano y, en Carril Centro, el clima fue aún más asfixiante por lo que se dijo y por lo que se insinuó. “Vinieron y dijeron que nos tenemos que ir, sí o sí. Que hoy iban a venir con la Policía y que el 5 de enero las máquinas van a venir a sacar la casa”, relata Silvia Estela Funes, con la voz cansada y el cuerpo rígido, como si la noticia todavía no terminara de acomodarse.

Silvia tiene 57 años, aunque la vida dura le agregó varios más al cuerpo. Vive allí desde siempre. O casi. La casa —ampliada con el tiempo para que sean dos— está ubicada justo donde Vialidad Provincial proyecta una rotonda de la futura doble vía que unirá Rivadavia con la ruta 7, una obra pensada para agilizar el tránsito y conectar departamentos del Este. En ese punto del trazado, el progreso se cruza con una historia familiar que lleva décadas.

En esas viviendas viven dos familias: la de Silvia, junto a su esposo y su hijo adolescente, y la de su cuñada, Liliana Chávez, con su hijo, su nuera y un nieto pequeño. Son casas pegadas, pared de por medio, pero para Vialidad se trata de una sola unidad habitacional. Para quienes viven allí, en cambio, son dos hogares distintos, dos economías familiares, dos historias que quedaron atrapadas en un mismo plano de obra.

En el plan de expropiaciones, Vialidad Provincial les ofreció como alternativa una casa en Montecaseros, en el norte de San Martín, bajo un comodato por 30 años. Es decir: una vivienda nueva, pero sin propiedad del terreno. Las familias no aceptaron. No por capricho, aclaran, sino por una suma de razones que exceden largamente el metro cuadrado.

Hay motivos de salud. Liliana padece problemas cardíacos y espera una intervención quirúrgica. Hay motivos educativos: uno de los chicos cursa la secundaria en el barrio y cambiarlo de escuela implicaría romper una trayectoria frágil. Y hay, sobre todo, un fuerte arraigo territorial. “Acá conocemos a todos, tenemos el centro de salud cerca, los vecinos, el trabajo”, repiten.

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El avance de la doble vía, en Junín, requirió expropiaciones y algunas familias no quieren ceder. (Enrique Pfaab - Los Andes)

El avance de la doble vía, en Junín, requirió expropiaciones y algunas familias no quieren ceder. (Enrique Pfaab - Los Andes)

Los Andes publicó una primera nota sobre el caso hace una semana. Después de esa exposición pública, las familias volvieron a recibir visitas de funcionarios de Vialidad Provincial. Pero, según relatan, no hubo avances ni nuevas propuestas.

“No ofrecieron nada más. Vino la escribana y la arquitecta de Vialidad. En la Municipalidad nos dijeron que no es un tema de ellos”, contó Liliana. En ese ida y vuelta institucional, intentaron plantear una salida intermedia: que el Municipio comprara dos terrenos en la zona y construyera allí las viviendas, para que ambas familias pudieran seguir viviendo en el barrio. “Nos dijeron que eso no se puede”, resumió.

El conflicto también reactiva recuerdos de otros desalojos. Silvia vuelve atrás en el tiempo y explica por qué esta casa es más que un inmueble. “Vivíamos en Rivadavia cuando nací. Mi papá trabajaba en una finca y vivíamos ahí. Hasta que un día le dijeron que se había terminado el trabajo y que nos teníamos que ir. Entonces los hermanos de mi madre, que ya vivían acá, le dieron tres hectáreas y le levantaron entre todos esta casa”. Lo dice sin dramatizar, como un dato de su biografía, pero con la carga de quien ya pasó por el desarraigo una vez.

A esa historia se suma una frase que Liliana asegura no poder olvidar. “Un funcionario me dijo: ‘¿Por qué te preocupás de que te den la propiedad en comodato a 30 años, si no vas a vivir tanto?’”. La crudeza de esas palabras terminó de romper cualquier resto de diálogo posible.

Silvia agrega otra preocupación concreta: el trabajo. Su esposo tiene contratos y changas en la zona. “Acá consigue trabajo porque lo conocen todos. Si nos vamos lejos, como dicen ellos, ¿quién le va a dar trabajo?”, se pregunta. Para familias con economías ajustadas, mudarse no es solo cambiar de casa: es empezar de cero.

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Cuenta regresiva para expropiación y desalojo de las dos familias de Carril Centro, en la obra de la doble vía. (Enrique Pfaab - Los Andes)

Cuenta regresiva para expropiación y desalojo de las dos familias de Carril Centro, en la obra de la doble vía. (Enrique Pfaab - Los Andes)

“Lo que se les de la gana”

Para tener una mirada técnica y objetiva del caso, este medio consultó al abogado Gustavo Innocente, especialista en Derecho Civil y Administrativo. El letrado fue claro al marcar límites. “La expropiación es materia del derecho administrativo, pero no se puede hacer lo que se les da la gana”, afirmó.

Según explicó, aun cuando la expropiación esté firme, el Estado no puede desalojar de un día para el otro. “Tiene que haber una orden judicial. Pueden intimarlos, sí, pero deben dar un tiempo prudencial para que las personas se retiren”, señaló.

Innocente subrayó además que la propuesta debe ser proporcional al daño que se causa. “Siempre tiene que haber algo que equipare lo que les están sacando, en este caso la vivienda o el lugar donde estaban. No las pueden mandar a Santa Rosa si ellas viven acá, en Junín”, ejemplificó. También aclaró que cada situación debe analizarse en detalle: ni el Estado puede imponer cualquier solución, ni los particulares pueden negarse sin fundamento. “Hay que ver que no sea un capricho, pero también que la oferta sea justa frente al perjuicio que sufren”.

Mientras tanto, en Carril Centro, la obra sigue avanzando y los plazos se achican. Para Silvia y Liliana, el conflicto dejó de ser una discusión administrativa para transformarse en una cuenta regresiva. La rotonda todavía es un dibujo en los planos, pero la amenaza de desalojo ya es concreta. Y con ella, el temor de que las máquinas lleguen antes que una respuesta que contemple algo más que el trazo recto de una autopista.

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El avance de la doble vía, en Junín, requirió expropiaciones y algunas familias no quieren ceder. (Enrique Pfaab - Los Andes)

El avance de la doble vía, en Junín, requirió expropiaciones y algunas familias no quieren ceder. (Enrique Pfaab - Los Andes)

La Ley 21.499

La Ley de Expropiaciones regula en qué casos y de qué manera el Estado puede quitar un bien privado para destinarlo a un fin de interés general. El punto de partida es la declaración de utilidad pública, que justifica la expropiación cuando se busca el bien común, ya sea para una obra, un plan o un proyecto concreto. Sin esa declaración, no puede avanzarse sobre la propiedad.

La norma establece que pueden expropiar el Estado nacional, provincias, municipios, entes públicos y, en situaciones especiales, incluso particulares autorizados por ley. A su vez, cualquier tipo de bien puede ser expropiado: inmuebles, muebles, derechos, el subsuelo o partes de una propiedad. La expropiación puede ser total o parcial, y si la parte que queda resulta inutilizable, el propietario puede exigir que se expropie todo el bien.

Uno de los aspectos centrales es la indemnización, que debe ser previa y pagarse, como regla general, en dinero. Esa compensación se calcula sobre el valor objetivo del bien y los daños directos que cause la expropiación. La ley deja en claro qué no se paga: no se reconocen valores afectivos, ganancias futuras ni el mayor valor que pueda tener el bien gracias a la obra que se realizará. Tampoco se paga lucro cesante.

Si no hay acuerdo entre el Estado y el propietario sobre el precio, interviene la Justicia, con tasaciones oficiales. Una vez que el Estado deposita el monto fijado, puede tomar posesión del bien, aun cuando el juicio continúe solo para discutir la indemnización.

La ley también contempla situaciones especiales. Si el Estado ocupa un bien sin cumplir el procedimiento legal o impone restricciones graves al derecho de propiedad, el dueño puede reclamar por expropiación irregular. Además, si el bien expropiado no se usa para el fin declarado o queda sin destino, el antiguo propietario tiene derecho a pedir la retrocesión, es decir, recuperarlo devolviendo la indemnización recibida.

En síntesis, la ley busca equilibrar el interés público con la protección del derecho de propiedad.

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