Bebé abandonada en Ciudad: cómo será el paso a paso para su futuro

El reciente caso de una beba que fue abandonada en la puerta de una casa de un barrio del oeste de Capital, disparó interrogantes sobre cómo es el accionar judicial, de salud y de equipos interdisciplinarios ante este tipo de situaciones y qué pasos se siguen para una posterior adopción.

Le golpearon la puerta y dejaron una beba recién nacida abandonada en Ciudad
Le golpearon la puerta y dejaron una beba recién nacida abandonada en Ciudad

El caso de la beba que fue abandonada en la noche del jueves en una casa del barrio Alto Mendoza, ubicado al oeste de la Ciudad de Mendoza, conmocionó a la sociedad mendocina y abrió ciertos interrogantes sobre cómo actuar ante este tipo de situaciones.

En el reciente episodio, Soledad, la dueña de la vivienda, inmediatamente decidió llamar al 911 para informar de lo sucedido pero más allá de la intervención policial y de los médicos del Servicio Coordinado, existen en la provincia otros organismos públicos que forman parte del trabajo posterior que se realiza tras el hallazgo de un niño o niña en la calle.

Cómo es el procedimiento

En Mendoza hay un protocolo de actuación a seguir cuando se presenten este tipo de casos de niños abandonados por sus padres. Desde la Justicia explicaron que el primer interviniente es el órgano administrativo, es decir el Equipo de Trabajo Interdisciplinario (ETI), quien será el encargado de adoptar una “medida excepcional” para el menor hallado sin nadie a su guarda.

Una vez realizado este paso, se judicializa la causa dependiendo la jurisdicción del domicilio con la que se tome el hecho, en este caso de la beba podría ser en Ciudad o Las Heras. En este punto se aclara que el Registro Provincial de Adopción (RPA) puede intervenir siempre y cuando exista un expediente judicial.

Constatado el estado de salud del bebé, si recibe el alta se lo traslada a un hogar, que generalmente es a través de AVOME, o se lo coloca en una familia temporaria en el caso que haya alguna disponible.

“Si no hay progenitor o filiación comprobada, se tiene que esperar 30 días, según lo que establece el Código, para poder declarar la situación de adoptabilidad del niño”, aclararon.

En relación a la causa penal que se lleva adelante, que en estos episodios es por el delito de abandono de persona que está tipificado en el Código Penal, no será el juez de Familia el encargado de buscar a los padres del menor, sino que eso es tarea pura y exclusivamente del fiscal correccional que actué en la investigación.

“Al juez le llegan los informes del órgano administrativo, que son quienes hacen los trabajos de campo, y de la Fiscalía sobre la búsqueda de personas, en base a esa información, es cuando el juez toma las decisiones correspondientes en el caso”, comentaron.

El rol de AVOME

Desde el 2016, la Asociación Voluntarios de Mendoza – Niñez y Familia (AVOME) tiene firmado un convenio con el Gobierno de Mendoza (particularmente con la Subsecretaría de Desarrollo Social, Dirección General de Protección) para estar a cargo de la selección, formación y seguimiento de las denominadas familias temporarias en el Gran Mendoza, zona Este y Zona Valle de Uco.

Esto se hace a través de un equipo interdisciplinario conformado por psicólogas, trabajadores sociales y abogadas. Para entender su función social, hay que saber que familias temporarias son aquellas que voluntariamente se ofrecen a acoger en su seno a niños/as que por medidas de protección excepcionales tomadas por los Equipos Técnicos Interdisciplinarios, como el caso de un niño que fue abandonado, o que no pueden seguir conviviendo con sus familias biológicas por diversas razones.

Se trata de familias que no presentan lazos de parentesco con el menor y que se abren a la posibilidad de brindarle un ambiente familiar por un tiempo, hasta que se resuelva la situación legal del mismo.

Pero para poder participar de este programa que tiene AVOME, se deben seguir ciertos requisitos como por ejemplo: flexibilidad para lograr adaptación a los diversos cambios que implican el cuidado del niño o niña; modificaciones en la organización, rutina y horario familiar tanto diurno como nocturno y del sueño; creatividad para lograr la solución adecuada y oportuna de los problemas y dificultades que surjan durante el cuidado del niño; tener hijos o no, pero con experiencia en crianza que haya desarrollado capacidad para el cuidado, protección, contención y comprensión de las necesidades del niño; sentido solidario y de apertura a la comunidad y no estar atravesando una situación conflictiva familiar (duelos, enfermedades crónicas o terminales, violencia, adicciones).

En cuanto al objetivo de este programa de familias temporarias, el mismo consiste en ser una alternativa que evite la institucionalización del niño o niña. Ejerce un rol de cuidado, posibilitándoles el pleno disfrute de sus derechos. Durante su estadía en el hogar designado, al niño o niña se le garantiza un modelo de vida familiar y el derecho de crecer y desarrollarse en un entorno seguro y responsable.

Para mayor información sobre este tema, los ciudadanos interesados pueden ingresar en el sitio www.avome.org

Cómo adoptar un niño

En Mendoza, los interesados en la adopción de niños o adolescentes deben dirigirse al Registro Provincial de Adopción (RPA). Para hacer este trámite, que es totalmente gratuito, se debe tener residencia en la provincia y contar con una edad mínima de 25 años.

El primer paso a realizar es hacer el curso informativo obligatorio, luego presentar la documentación requerida y como último paso, someterse a una evaluación psicológica y social.

Entre la documentación que se debe presentar para inscribirse en este registro, se debe contar con DNI del/la/los postulantes y acreditar domicilio real (en caso de no corresponder con el domicilio informado en el DNI) mediante un impuesto, copia de contrato de alquiler.

También hay que certificar de ingresos mediante bono de sueldo; en caso de monotributista: constancia de inscripción y último pago, o certificado de contador público nacional.

Poseer certificado/s de antecedentes penales actualizado, copia de acta de nacimiento de los hijos/hijas si tuviere, certificado del registro de deudores alimentarios morosos (lo gestiona el RPA), foto del grupo familiar conviviente (no foto carnet) y en caso de tener hijos: acta de nacimiento y DNI de los hijos menores de edad y copia de resolución judicial en caso de adopción.

Según la información que figura en la web del Registro, también se debe acreditar estado civil y en el caso de solicitantes extranjeros, se exige una residencia en el país por más de cinco años.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA