4 de junio de 2019 - 15:34

Si fuiste a un hotel alojamiento, ¿te pueden descubrir por el resumen de la tarjeta?

En Rosario, una mujer demandó a un albergue y a una tarjeta de crédito por "develar" su infidelidad en el consumo.

Enrique De Oto, gerente del hotel "La Luna" ubicado en Guaymallén, explicó a Los Andes que allí utilizan "un nombre de fantasía" a fin de evitar eventuales inconvenientes en las parejas y asegurar la privacidad de los clientes. De esta manera, es imposible asociar el consumo a un albergue transitorio.

 

Curiosamente, una campaña del hotel hizo énfasis en ese criterio. "¡Vamos infieles! Recibimos tarjetas de crédito y no figura el nombre del hotel", dice el afiche de "La Luna", a fin de captar a sus clientes. Otro cartel agrega: "Tres cuotas en todas nuestras categorías ¡y no te sale en el resumen!".


    Una de las campañas del hotel "La Luna" donde hace énfasis en la privacidad de los consumos.
Una de las campañas del hotel "La Luna" donde hace énfasis en la privacidad de los consumos.

"Cada negocio decide el nombre o la razón social a mostrar", agregó por su parte Enrique Moyano, titular de la Asociación de Albergues Transitorios de Mendoza (AATM), quien recordó que en sus 40 años nunca vivió un episodio como el que aconteció en Rosario. Tampoco es que sea extraño: muchos comercios deciden qué mostrar y no necesariamente los nombres que todos conocemos.

TAL VEZ TAMBIÉN TE INTERESE
La Anmat prohibió unas toallitas húmedas para bebés y una marca de productos médicos
 

En el caso de la demanda judicial que recorrió los portales del país, los representantes del motel acusado explicaron que "la regla básica y elemental" del tipo de explotación comercial que manejan es la intimidad y privacidad de las personas que concurren a su establecimiento, por lo que le resulta "materialmente imposible poder afirmar que la mujer concurrió al mismo y si lo hizo sola o acompañada".


    Una de las campañas del hotel "La Luna" donde hace énfasis en la privacidad de los consumos.
Una de las campañas del hotel "La Luna" donde hace énfasis en la privacidad de los consumos.

Además, el juez Marcelo Quaglia planteó que la información vista en el resumen cumplía con el artículo 23, inciso F, de la ley 25.065 que regula el Sistema de Tarjeta de Crédito. En resumidas palabras, los usuarios "deben conocer y estar informados de las condiciones contractuales del servicio prestado".

Para el magistrado, incluso, es más razonable y lógico que aparezca el "nombre comercial" porque le permite al consumidor "una rápida identificación e individualización del consumo efectuado".

TAL VEZ TAMBIÉN TE INTERESE
Insólito: familiares robaron las pertenencias del difunto en pleno velatorio
 

Así, rechazó el planteo de la mujer, quien debe hacerse cargo de los costos por el trámite que se inició. La próxima vez resultará una mejor opción fijarse dónde dejar el resumen.

LAS MAS LEIDAS