31 de julio de 2025 - 08:32

"Soluciones Habitacionales", el nuevo ambicioso plan del IPV con los municipios

El IPV será el supervisor de las obras e intervenciones complementarias que impacten en la urbanización, relocalización de asentamientos y servicios básicos.

El Gobierno de Alfredo Cornejo oficializó este jueves su nuevo plan de “Soluciones Habitacionales” con el busca establecer un marco normativo para la ejecución de este tipo de proyectos con los municipios. La iniciativa se da mediante la reglamentación del artículo 47 de la Ley de Presupuesto 2025.

Mediante el Decreto 1291, se autorizó la firma de convenios entre la Provincia y los municipios para financiar obras de vivienda, urbanización e infraestructura. Las intervenciones serán ejecutadas por el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), que fue designado como organismo responsable de los proyectos.

El documento cuenta con las firmas del mandatario provincial y los ministros Natalio Mema (Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial) y Víctor Fayad (Hacienda y Finanzas).

El financiamiento se enmarca dentro del Programa de Inversión Municipal previsto en el artículo 44 de la Ley 9601, que autoriza al Poder Ejecutivo a destinar hasta 20.000 millones de pesos a proyectos desarrollados por los municipios. La norma también habilita el uso de recursos propios de los gobiernos locales como cofinanciamiento, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Además, contempla obras complementarias de urbanización y servicios, consideradas estratégicas por su impacto en el ordenamiento territorial, la relocalización de asentamientos y la mejora en la prestación de servicios básicos.

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El gobernador, Alfredo Cornejo en la entrega de viviendas en Luján de Cuyo.

El gobernador, Alfredo Cornejo en la entrega de viviendas en Luján de Cuyo.

Los municipios interesados deberán registrar sus proyectos en el Banco Integrado de Proyectos (BIP), dependiente de la Dirección General de Inversión Pública (DGIP).

Esta dirección, junto con la Subsecretaría de Infraestructura y Desarrollo Territorial, evaluará la viabilidad técnica, financiera y territorial de cada propuesta antes de otorgar la "no objeción", condición necesaria para la firma de los convenios.

Cada acuerdo deberá incluir un compromiso de aporte financiero por parte del municipio, el cual será garantizado mediante la cesión en pago de recursos provenientes del Régimen de Participación Municipal.

En caso de que el municipio no cumpla con los plazos establecidos para la firma del convenio o la ejecución de las obras, los fondos asignados podrán ser reasignados a otros proyectos o programas.

Los convenios podrán celebrarse hasta el 30 de septiembre de 2025 y las obras deberán comenzar antes del 31 de diciembre del mismo año.

El decreto también habilita la posibilidad de modificar los acuerdos mediante adendas y faculta a los ministerios intervinientes a realizar las acciones administrativas necesarias para su implementación.

En caso de surgir controversias en la interpretación o ejecución del convenio, se prevé mecanismos de resolución. Las partes convienen en intentar resolver las diferencias mediante instancias de conciliación; de no alcanzar un acuerdo satisfactorio, se someterán a la Jurisdicción de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.

El decreto y anexo

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anexo (22)

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