La Suprema Corte reglamentó su reforma interna: creará una secretaría y publicará los sorteos de los jueces

Será la secretaría de Competencia Originaria la que albergará las causas contencioso-administrativas y las sorteará entre los 7 ministros. No se nombrará a personal, sino que habrá una redistribución del mismo para estos nuevos cambios. Cómo se pondrán en acción los cambios implementados.

Los jueces de Suprema Corte de Justicia de  Mendoza, Mario Adaro, Teresa Day, Julio Gómez, Omar Palermo , José Valerio, Dalmiro Garay  y Pedro Llorente
Los jueces de Suprema Corte de Justicia de Mendoza, Mario Adaro, Teresa Day, Julio Gómez, Omar Palermo , José Valerio, Dalmiro Garay y Pedro Llorente

La Suprema Corte de Justicia reglamentó esta semana todas las reformas internas que se debatieron tanto en el seno del máximo tribunal, como también en el Poder Legislativo, y que se formalizaron en la ley 9423. Si bien la norma había sido oficializada a comienzos de semana por parte del gobernador, Rodolfo Suárez, restaba conocer el trabajo de los ministros de la Corte, quienes determinaron cómo funcionará la Corte tras los sensibles cambios que se terminarán de materializar con la eliminación de las salas a mediados o fines de año que viene, y se pasará a un funcionamiento de sorteos de las causas con un colegio de jueces.

Lo cierto es que, según la acordada 30761 de la Suprema Corte, publicada en el Boletín Oficial, la novedad es la creación de una nueva secretaría “de Competencia Originaria”, que es la que comenzará a recibir las causas contencioso-administrativas, que son las acciones contra el Estado y que no tienen un fallo de ningún tribunal inferior, es decir que llegan “directo a la Corte”. Las mismas se sortearán entre los ministros, cuyos resultados estarán publicados en el Portal web de la Suprema Corte de Justicia.

Esa secretaría, que estará a carbo de Nora Gomina, actual secretaria de la Sala 1, tendrá la función de recibir, administrar y sortear este tipo de causas entre los 7 ministros de la Suprema Corte. Recordemos que hasta la fecha, cada causa contencioso - administrativa que ingresaba la tribunal, recaía en la Sala 1 o 2 según el día de ingreso (la primera quincena iba a la Sala 1 y la segunda quincena, a la Sala 2).

Este sin dudas es el cambio más importante de la reforma interna de la Suprema Corte, teniendo en cuenta que se terminará con el llamado “Fórum Shopping”, es decir, la posibilidad que hasta hoy se tenía de “elegir” la sala cuando se presentaba una denuncia ante la justicia.

Según se entiende, la Sala 1 (civil y comercial) está integrada por mayoría de jueces “filoradicales”; mientras que la Sala 2 (penal y laboral), al contrario, por jueces “filoperonistas”, lo que era un punto importante a tener en cuenta por los abogados que presentaban este tipo de demandas en el máximo tribunal. Es por esto que, con la reglamentación de la ley a través de esta acordada, el proceso será “más transparente”, a través de la conformación de un colegio de jueces y sorteo de los mismos.

Es importante marcar, por otro lado, que la secretaría de Competencia Originaria, no implicará el nombramiento de mayor personal, ya que Gomina seguirá en su puesto como secretaria de la Sala 1, hasta que la misma se disuelva, a mediados o fines del año que viene.

De hecho, en los considerandos de la acordada se remarcó que “resulta una decisión y compromiso del pleno de esta Suprema Corte, emprender la puesta en marcha de esta primera etapa, empleando el calificado recurso humano y los recursos materiales existentes, sin incrementar la planta de su personal, sino a través de la redistribución funcional y adaptaciones necesarias a los fines de la debida implementación de la Ley”.

Con respecto a los tipos de causas que ingresarán en la Secretaría de Competencia Originaria, se encuentran las siguientes: de conflictos de poderes, acciones de inconstitucionalidad, acciones procesales administrativas, acciones de lesividad, procesos de responsabilidad patrimonial de los/as magistrados/as judiciales, cuestiones de competencia, acciones declarativas del art. 3° del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario en materias de competencia originaria de la Suprema Corte, suspensiones de ejecución del acto administrativo, instrucciones preventivas, medidas autosatisfactivas y otras medidas cautelares, vinculadas a materia de competencia originaria de la Suprema Corte.

Es importante marcar que habrá resolución en pleno (con el voto de los 7 miembros) en todos los casos de acciones de inconstitucionalidad de leyes o en los que haya acciones colectivas.

Por otro lado, también se resolvieron cambios importantes en cómo se podrá llamar a pleno en una causa que tenga a 3 ministros sorteados. Antes de esta ley, podían llamar a pleno el presidente de la Sala donde se encontraba la causa, o el presidente de la Suprema Corte. No obstante, ahora se podrá realizar sólo a través del pedido de dos miembros de la sala sorteada o por tres ministros de la Suprema Corte.

Reglamentación

Según se menciona en el artículo 4, más allá de que de ahora en más las causas originarias que ingresen irán a sorteo en el Colegio de Jueces, aquellas que ya estaban en trámite tanto en Sala 1 como en Sala 2 “continuarán radicadas para su resolución en la sede de las respectivas Salas, aun cuando las mismas estuvieran tramitando en tribunal en pleno o hubiesen originado la convocatoria a acuerdo plenario”.

En tanto, también se marca que, de acuerdo a las causas de competencia extraordinaria, es decir, aquellas que ya vengan con sentencias en primera instancia tanto en lo laboral, civil, comercial, tributario, penal o laboral “continuarán su tramitación por ante las Salas Primera o Segunda de esta Suprema Corte hasta la total implementación de la referida Ley”.

En este sentido, estará en consideración de la propia Suprema Corte que la eliminación de las salas se realice en julio del 2023 (previo acuerdo de por lo menos cinco de los siete ministros), o aguardar hasta diciembre del mismo año.

Volviendo a las causas originarias que se sortearán en esta nueva secretaría, el primer ministro sorteado será quien tendrá a cargo la dirección del proceso. También será el primero en votar. En caso que algún ministro, dos, o los tres sorteados, se excusen, se deberán realizar otros sorteos especiales para determinar quiénes los reemplazarán. En la acordada también se marca que los jueces que tengan licencias de igual manera participarán de los sorteos de las causas.

Por otro lado, el artículo 6 establece que será la Dirección de Informática la que configurará el sistema de sorteos que actualmente es utilizado en el Fuero Penal Colegiado, “para ser utilizado en los sorteos que correspondan al funcionamiento en Colegio de Jueces de la Suprema Corte de Justicia”.

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