El Concejo Deliberante de Ciudad aprobó este miércoles la ordenanza que establece el marco normativo para el Programa Municipal de Prevención y Seguridad Ciudadana, en línea con la Ley Provincial 9637. La medida formaliza las funciones del cuerpo de preventores y les otorga la posibilidad de portar pistolas Taser, un recurso no letal destinado a reforzar la prevención y disuadir conductas delictivas.
La iniciativa fue aprobada con el voto favorable de diez concejales y dos en contra, correspondientes a Gustavo Gutiérrez (Coalición Cívica) y Lucas Carosio (PRO). Las pistolas Taser serán utilizadas exclusivamente por agentes capacitados. En ese sentido, la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, explicó cuándo podrán emplear estas armas de baja letalidad.
En conferencia de prensa, y tras presentar el proyecto de reforma del Código Procesal Penal, la funcionaria adelantó que los preventores de la Ciudad de Mendoza estarán en condiciones de utilizarlas antes de que finalice 2025. También precisó que el municipio ya seleccionó al personal que realizará las capacitaciones y que estas comenzarán en breve.
“Ya está definido el grupo que se capacitará y que comenzará los cursos. Son tres etapas, y es importante respetarlas para que la experiencia sea satisfactoria”, señaló Rus.
La ministra también puso plazo para la incorporación de estas herramientas a las rondas diarias: “Antes de fin de año, la idea es que estos preventores ya estén certificados para salir a las calles de Mendoza con armas de baja letalidad”, afirmó.
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La ministra de Seguridad, Mercedes Rus, y el intendente de Ciudad, Ulpiano Suárez, impulsores de la ley aprobada.
Prensa Ciudad de Mendoza
Por su parte, el intendente capitalino, Ulpiano Suarez, destacó que la aprobación de la ordenanza “es una formalidad necesaria para que los preventores puedan contar con estas herramientas, siempre bajo estrictos protocolos y capacitaciones”.
A principio de año el municipio realizó la compra de 30 pistolas Taser con una inversión superior a 180 millones de pesos. La ordenanza aprobada formaliza la creación del Programa Municipal de Prevención y Seguridad Ciudadana en el ámbito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
También otorga al Departamento Ejecutivo Municipal la facultad de organizar su estructura interna, definir funciones, uniformes y protocolos de actuación, aprobar planes de capacitación y celebrar convenios con organismos públicos o privados.
Además, adhiere a las leyes provinciales 6721 y 9637, lo que garantiza un marco normativo para el accionar de los preventores y la incorporación de armas no letales como las pistolas Taser, bajo estricto control y capacitación.
Las compras de pistolas Taser
A fines de mayo, el Gobierno de Alfredo Cornejo publicó en el Boletín Oficial la resolución 2155, que aprobó un instructivo para el uso de estos dispositivos en toda la fuerza policial, extendiendo su utilización a todas las unidades operativas que cumplan con la capacitación correspondiente.
Hasta ese momento, el uso de las Taser estaba limitado a unidades especiales como el Grupo Especial de Seguridad (GES) y el Grupo de Resolución de Incidentes y Secuestros (GRIS), pertenecientes a las Fuerzas de Operaciones Especiales.
A su vez, ese mismo mes, el Ministerio de Seguridad y Justicia adjudicó en mayo la compra de la compra de 130 pistolas Taser con sus respectivas cargas por un monto total de 695,6 millones de pesos. La empresa adjudicataria fue Buccello y Asociados SRL.
Alfredo Cornejo en la presentación de la resolución de las pistolas Taser.jpg
Ya ha mediado de junio, la Cámara de Senadores dio sanción definitiva al proyecto que habilita a los cuerpos municipales a utilizar armas de baja letalidad. A partir de esta ley, los municipios podrán capacitar a sus agentes de Seguridad Ciudadana para que utilicen pistolas Taser durante sus funciones.
Entre los requisitos, el Ejecutivo establece que el Instituto Universitario de Seguridad Pública (IUSP) será el organismo encargado de la formación de los agentes, así como de la resolución de conflictos, derecho administrativo sancionador y primeros auxilios.
En el caso de Ciudad, Suárez explicó que han seleccionado personal con al menos 3 años de experiencia en tareas de seguridad. En diálogo con Los Andes, el intendente precisó que aseguró que la capacitación con “2 meses es un plazo razonable, lo hemos conversado con el gobernador y la ministra”.
El protocolo
Según el Anexo I del nuevo instructivo, los modelos más recientes TASER 7 y 10, emiten una corriente de entre 1,2 y 1,5 miliamperios, con una tensión eléctrica que oscila entre 1.000 y 2.000 voltios. Si bien la activación inicial de los cartuchos alcanza los 50.000 voltios, la descarga efectiva para inmovilización neuromuscular tiene una duración estándar de 5 segundos.
El uso de los Dispositivos de Energía Conducida (DEC) está prohibido o restringido en casos como:
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Sujetos bajo custodia y esposados, o dentro de móviles policiales.
Mujeres embarazadas, personas mayores, menores de edad o individuos con bajo peso, salvo amenaza inminente.
Personas con discapacidad.
Personas en vehículos en movimiento o detenidos con el motor encendido.
Espacios con gases inflamables o ropa impregnada en líquidos combustibles.
Situaciones con riesgo grave adicional (fuego, altura, instalaciones eléctricas, etc.).
Asimismo, el protocolo prohíbe apuntar a la cabeza, cuello, rostro, entrepierna o torso superior. El uso debe evaluarse caso por caso, priorizando siempre el diálogo y otras técnicas de reducción física. Solo personal certificado y habilitado por el Ministerio de Seguridad podrá operar estas armas.
El protocolo también asigna responsabilidad administrativa a la entidad que adquiera los dispositivos, y responsabilidad operativa directa a quien los utilice y a sus superiores jerárquicos.
Cada intervención con DEC debe documentarse detalladamente (fecha, hora, lugar, circunstancias y resultados) y, en caso de crisis, elaborarse un informe técnico para el magistrado interviniente.