El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) aprobó este viernes, mediante la Resolución 149, una actualización de los cuadros tarifarios del 1% para los meses de mayo, junio y julio.
El ajuste en los precios fue dispuesto por la Secretaría de Energía de la Nación. El impacto promedio en la tarifa de usuarios finales en Mendoza será del 0,9%
El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) aprobó este viernes, mediante la Resolución 149, una actualización de los cuadros tarifarios del 1% para los meses de mayo, junio y julio.
La medida responde a la aplicación de nuevos precios estacionales establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación y se enmarca en el procedimiento previsto por los contratos de concesión y normativas vigentes.
El último incremento que tuvo la tarifa fue en febrero de este año y fue del 3% en promedio. Este aumento correspondió al trimestre que abarcó marzo y abril.
A finales de abril, Nación sancionó los precios estacionales para el período mayo, junio y julio. Con esos valores, el organismo que conduce Andrea Molina emitió los cuadros tarifarios correspondientes al trimestre.
Sin embargo, el 30 de mayo, mediante la Resolución SE 226, la Secretaría revisó esos precios —tanto de energía como de potencia— debido a la variación de costos, y los actualizó.
Este cambio impacta en el componente nacional de la tarifa denominado “Costo de Abastecimiento”. En Mendoza, la aplicación de estos nuevos precios representa un incremento promedio del 0,9% en las tarifas de los usuarios finales.
Entre los cambios más relevantes, se incorpora el impacto de los nuevos precios de referencia de la potencia (POTREF), el precio estabilizado de la energía (PEE) y el precio estabilizado del transporte (PET), según lo dispuesto por la Resolución SE 226/2025.
Además, se mantiene el esquema de segmentación tarifaria para usuarios residenciales, con bonificaciones y límites de consumo subsidiado, según los niveles establecidos por la Secretaría de Energía.
Los usuarios de Nivel 2 conservarán un tope de consumo mensual de 350 kWh con subsidio, mientras que para los de Nivel 3 el límite será de 250 kWh. Los consumos que superen esos umbrales serán cobrados a los valores plenos del segmento sin subsidio (Nivel 1).
La resolución también contempla el recálculo de tarifas de referencia para clubes de barrio y entidades de bien público, manteniendo para estas últimas el criterio de aplicar los precios estacionales de los usuarios residenciales de Nivel 2 al total del consumo.
En cuanto a los valores específicos, los precios del componente PPST común (potencia promedio suministrada total) se fijaron de la siguiente manera:
Junio 2025:
Nivel 2: $2.467/kW
Nivel 3: $3.272/kW
Nivel 1 y usuarios sin subsidio: $6.263/kW
Julio 2025:
Nivel 2: $2.516/kW
Nivel 3: $3.321/kW
Nivel 1 y usuarios sin subsidio: $6.263/kW
El EPRE también aprobó cuadros tarifarios específicos para agentes del régimen de recursos de energía distribuida, así como los parámetros para el cálculo de subsidios y compensaciones financiados por el Fondo Provincial Compensador de Tarifas.
Finalmente, se instruyó a las distribuidoras eléctricas de la provincia a implementar los criterios de facturación ya establecidos por normativas anteriores, particularmente los definidos en la Resolución EPRE 78/2024.