7 de agosto de 2026 - 16:55

Ya es oficial la nueva normativa de calidad alimentaria: qué mirar al comprar atún, sardinas y mariscos en lata

España actualizó el sistema cómo deben nombrarse los productos pesqueros y de acuicultura para mejorar los etiquetados.

Una nueva normativa española para las conservas de pescado y mariscos modificó el marco con el que se determinan las denominaciones comerciales admitidas en el país. El Real Decreto 1082/2025 entró en vigor en 2026 y alcanza a productos como atún, bonito, sardinas, mejillones, almejas y berberechos, entre otras preparaciones de origen marino.

El cambio debe leerse con precisión: no prohíbe latas ni establece que los productos anteriores sean inseguros. Su objetivo es ordenar los nombres oficiales, actualizar definiciones antiguas y asegurar que lo indicado en el envase corresponda con la especie y la preparación realmente comercializadas.

Qué cambia con el Real Decreto 1082/2025

La norma crea un procedimiento para mantener dos listados oficiales: uno con las denominaciones comerciales de las especies pesqueras y otro con los nombres admitidos para alimentos en conserva o preparados. Estos listados deben ser actualizados mediante resoluciones de la Secretaría General de Pesca.

Para poder venderse al consumidor final, el producto debe mostrar en el marcado o etiquetado la denominación oficial que corresponda. Si una especie o una preparación no aparece en los listados, el operador tiene que pedir su inclusión antes de comercializarla con ese nombre.

En qué mirar antes de comprar una lata

  • Denominación del alimento: debe ser clara y coincidir con el producto anunciado en el frente del envase.
  • Especie o nombre comercial: cuanto más precisa sea la identificación, menor es el margen para confundir productos diferentes.
  • Forma de presentación: entero, lomos, filetes, trozos, migas o pasta no describen la misma calidad ni textura.
  • Medio de cobertura: al natural, en aceite, en escabeche o con salsa cambia el sabor y también la composición nutricional.
  • Peso neto y peso escurrido: permiten comparar cuánta cantidad real de pescado o marisco contiene cada envase.
  • Ingredientes, alérgenos y sal: siguen siendo datos esenciales para personas con alergias, hipertensión u otras restricciones alimentarias.

Qué pasa con las latas que ya estaban impresas

El real decreto contempla un período de adaptación. Salvo para productos frescos y refrigerados, los envases rotulados y productos elaborados antes de la eficacia de los nuevos listados pueden venderse durante un plazo transitorio si cumplían la regulación aplicable al momento de producirse.

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