La entrada en vigencia de la Ley 7/2023 de Bienestar Animal en España establece límites estrictos para los tutores de mascotas y modifica el uso habitual de perros y gatos en eventos públicos. La normativa impide someter a los animales a situaciones de estrés, peleas o tareas que superen sus capacidades físicas.
Entre los vetos explícitos figuran la participación de las mascotas en atracciones mecánicas, carruseles de feria y su empleo como premios en rifas o promociones comerciales. Tampoco se permite utilizarlos como reclamo publicitario fuera de las excepciones previstas, ni adiestrarlos o emplearlos para combates.
Evaluación individual y bienestar emocional del animal
La razón central de este mecanismo radica en que la legislación no funciona como un listado estático de lugares prohibidos, sino como un análisis de la condición física y emocional de cada mascota. La norma exige a los tutores evaluar factores como la edad, enfermedades, la temperatura ambiental, el nivel de ruido y la fatiga. De este modo, una actividad tolerable para un perro joven y sano se vuelve ilegal si se le exige a un animal anciano o enfermo.
Clasificación de infracciones y montos de las multas
El régimen de sanciones clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, según el daño ocasionado y la reincidencia del responsable. Las multas parten desde los 500 euros y pueden escalar hasta los 200.000 euros en las conductas de mayor gravedad, sumadas a medidas administrativas adicionales como la aprehensión del perro o gato.
Bajo este esquema, la persona a cargo asume la obligación legal de velar por la salud integral de la mascota en todo momento. Evitar la exposición a dolores, angustias o esfuerzos desmedidos en espectáculos e intervenciones públicas se convierte en una exigencia directa bajo supervisión oficial.