La ley de tu lado: Multas por fraude al consumidor a partir de caducidad prevista

Dos compañías multinacionales fueron sancionadas por la Autoridad Italiana Garante de la Competencia por prácticas comerciales injustas.

La ley de tu lado: Multas por fraude al consumidor a partir de caducidad prevista
La ley de tu lado: Multas por fraude al consumidor a partir de caducidad prevista

Unas semanas atrás hablábamos en este espacio de la obsolescencia programada, entendida como una caducidad deliberada, prevista o concebida desde su diseño por el fabricante para que las cosas no duren más allá del tiempo deseado.

Diferente del ciclo de vida natural, que desde su fabricación hasta su fin por agotamiento o por rotura irreparable, tiene un artículo, cualquiera sea. Mencionamos varios ejemplos de todo tipo de productos, lo escrito ahí (publicación del 9 de octubre) tiene toda actualidad con recientes sanciones a  grandes multinacionales, en relación a sus celulares.

Y es que, en lo que se considera probablemente la primera decisión en el mundo sobre la obsolescencia programada, la Autoridad Italiana Garante de la Competencia (AGCM) ha impuesto multas de 10 y 5 millones de euros a Apple y Samsung respectivamente por prácticas comerciales injustas a ese respecto.

Mediante complejas investigaciones se ha determinado que ambas compañías "han llevado a cabo prácticas comerciales injustas por obligar a los consumidores a descargar algunas actualizaciones en sus teléfonos móviles que causaron graves disfunciones y redujeron significativamente su funcionamiento, acelerando así su sustitución por productos más recientes". Como dice expresamente en su comunicado. 

Así, estos gigantes de la telefonía violaron los artículos 20, 21, 22 y 24 del Código de los Consumidores "al proponer insistentemente la descarga de actualizaciones de software que sus aparatos no podían soportar correctamente, sin informarles adecuadamente ni proporcionarles una forma efectiva de recuperar la plena funcionalidad de sus aparatos".

Llevado a nuestra realidad, se vislumbra claramente cuán necesario puede resultar la autoridad técnica, autónoma y pública en casos como estos, y adicionalmente, se ha de imitar el papel activo de la Autoridad Italiana a la hora de dilucidar el supuesto en cuestión.

Ambos fallos se acompañan de una medulosa fundamentación y pruebas que no serán fácilmente rebatibles por los cuerpos legales de las sancionadas transnacionales.

Además se entra al detalle en el comportamiento realizado por las compañías.

A la empresa de Cupertino, de EEUU, se le impone una sanción más elevada porque además, no informó correctamente a los usuarios de la duración de las baterías de litio de sus teléfonos y ciertos factores que contribuyen a su deterioro -esto genera residuos peligrosos de especial tratamiento-.

Se detalla que desde setiembre de 2016, Apple sugirió de forma insistente a sus consumidores que habían comprado un iPhone 6 que instalaran el nuevo sistema operativo iOS 10, optimizado para su siguiente modelo, el iPhone7, sin informarles de la alta demanda de energía y de posibles inconvenientes como apagados súbitos. Luego sacó una nueva actualización sin avisar de que su instalación podía reducir la velocidad de ejecución y la funcionalidad de los aparatos.

Tampoco ofreció medidas específicas para solucionar esos problemas.

Se aprecia el respeto por la energía a consumir, la información dada o no a los usuarios, y también se desprende el sentido perseguido por el fabricante. Este caso es perfectamente extrapolable a nuestras latitudes.

En el caso de Samsung, que recurrirá la sentencia, se le acusa de realizar una práctica ilegal desde mayo de 2016, impulsando a los usuarios de modelos Note 4 a instalar un nuevo firmware (es un programa de software o un conjunto de instrucciones programadas en un dispositivo de hardware) concebido para los modelos Note 7, sin informar de sus consecuencias de esa acción.

Sin embargo, la compañía niega que esto sea así: "Estamos decepcionados con la decisión de la Autoridad Italiana de Competencia. Samsung no lanzó ninguna actualización de software que redujera el rendimiento del Galaxy Note 4. Por contra, Samsung siempre ha publicado actualizaciones de software que permiten a nuestros clientes tener la mejor experiencia posible". Dadas las acusaciones del organismo italiano, Samsung asegura que tomará "las acciones legales necesarias para apelar la decisión". 

No será fácil la resolución de dichos casos, pero es todo un aviso de los nuevos reclamos sociales y ambientales, que nos piden estar a la altura de la posición dominante que ocupan y de los enormes beneficios que obtienen. Vaya el mensaje a los consumidores, nosotros y a los productores, también nosotros.

Ambas empresas "han sido sancionadas con la máxima multa debido a su tamaño y la gravedad de sus conductas: Samsung 5 millones y Apple 10 millones de euros", señaló el organismo. Es la primera decisión en el mundo que penaliza la "obsolescencia programada", mientras Apple está siendo investigada por los tribunales franceses en relación a los delitos de "fraude" y "ralentización programada" debido a la manipulación de las baterías en sus iPhone más antiguos.

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