27 de diciembre de 2017 - 00:00

La “fiscal viajera” no seguirá cobrando la mitad de su sueldo

Orozco pretendía que, pese a estar suspendida en el cargo, el Estado le siguiera depositando hasta que la decisión del Jury quedara firme.

La fiscal viajera cobró un mes, pero su pretensión de seguir cobrando hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expida, sigue en veremos. El 5° Juzgado Civil rechazó la cautelar solicitada por Anabel Orozco, más conocida como la “fiscal viajera”. En la presentación la magistrada destituida por el Jury de Enjuiciamiento, solicitaba que se le siguiera pagando el 50% de su salario hasta tanto hubiera sentencia firme de su destitución.

La “fiscal viajera” había realizado otra presentación, ante la Suprema Corte provincial, pidiendo el aval para llegar al Máximo Tribunal federal en recurso extraordinario y revertir su destitución. Justamente esta presentación ha sido el argumento central de la jueza Fabiana Munafó para rechazar la cautelar: entendió que Orozco había pedido exactamente lo mismo en ese expediente.

Sin embargo, el representante de Orozco, el abogado Fernando Armagnague, asegura que no son todas malas para la “fiscal viajera”. Dijo que antes de que empezara el fin de semana apareció en la cuenta de la ex fiscal el dinero correspondiente al 50% del sueldo de noviembre.

 

Esto fue motivo para que la removida magistrada presentara un pedido de aclaratoria y reposición, para que se siga pagando la mitad del sueldo todos los meses.

“De las constancias de autos surge indubitablemente que se tuvo que promover la acción de amparo para que el Gobierno de la Provincia abonara haberes correspondientes al mes y parte proporcional de sueldo anual complementario, lo que solicito se tenga presente”, dice el recurso presentado por la fiscal.

En el documento luego indica que debido al tiempo que llevará que la Suprema Corte resuelva si le otorga o no el recurso extraordinario ante la Corte Federal, “Vuestra Señoría comprenderá se sirva aclarar los conceptos oscuros, objeto de este recurso, ya que no se trata del mismo objeto de la acción de amparo, ni de la medida precautoria como Usted afirma, ya que tienen términos distintos y los créditos son alimentarios con el consiguiente perjuicio que es cierto y concreto”.

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La “fiscal viajera” fue destituida el 26 de octubre octubre pasado, cuando el Jury de Enjuiciamiento consideró que tomarse vacaciones en Brasil justificando su ausencia a la Segunda Fiscalía Correccional con certificados médicos por lumbalgia era una falta que justificaba su remoción.

La fiscal estaba suspendida desde el 30 de marzo, también por decisión del Jury. Al momento de ser suspendida, empezó a cobrar el 50% de sus haberes. Ese pago dejó de acreditarse al momento en que fue destituida.

La ex fiscal Orozco entiende que le corresponde seguir cobrando hasta tanto la sentencia del Jury quede firme; ella ha realizado la presentación ante la Suprema Corte, para que este tribunal la autorice a llegar a la Corte Suprema. De acuerdo a la argumentación de la jueza Munafó, en esa presentación también pide que se le pague el 50% de su sueldo hasta que quede firme su destitución.

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Ese mismo pedido es el centro de la cautelar que presentó ante el 5° Juzgado Civil. Por eso la jueza Munafó cita jurisprudencia provincial: “En principio el contenido de la medida cautelar no puede superponerse, equivaler o significar exactamente lo mismo que se pretende lograr en la sentencia. En tal caso resulta absolutamente improcedente la cautelar, por aplicación del principio a tenor del cual tales medidas no deben admitirse si con ellas se logra el objeto material de la pretensión principal, agotando la cuestión en ella planteada”.

Con este argumento Munafó rechazó el primero de los dos pedidos de la “fiscal viajera”.

¿Por qué se pagó el mes de noviembre y el proporcional de aguinaldo? Para Armagnague y su representada, se debe a la presentación de la cautelar.

Tal vez haya algo de cierto: en las argumentaciones de la presentación de Orozco, se indica que los fundamentos de su destitución fueron leídos el 23 de noviembre; es muy probable que se haya entendido que la culminación definitiva de la destitución haya sido el día de la lectura.

Esto significa que corresponde seguir pagando. De la lectura del fallo de la jueza Munafó no surge. Es probable que ese pago final, horas antes de la Nochebuena, haya sido el último que el Estado considera que debe pagar.

Claves

El 30 de marzo el Jury de Enjuiciamiento suspendió a la fiscal Anabel Orozco y ordenó el pago del 50% de sus haberes.

El 26 de octubre el Jury destiuyó a la fiscal y cesó el pago del 50%.

Días atrás, Orozco hizo una presentación para que se le siguiera pagando hasta que su apartamiento quedara firme. Cobró un mes la semana pasada. Ayer, una jueza rechazó la cautelar.

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