Lógico pedido de la Corte de respeto a sus fallos

El doctor Horacio Rosatti, presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sostuvo que los aspectos jurídicos son de la misma relevancia que los económicos “para generar desarrollo y cambios exitosos”, no debiéndose prescindir de ellos de manera de asegurar la fortaleza institucional de un país.

En una reciente disertación ante empresarios internacionales, el actual presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, destacó la importancia de la vigencia de la institucionalidad en el país como pilar del desarrollo. ¿El pedido concreto? Que se respeten sus fallos.

Se trata de una enorme verdad y en el caso de la Argentina, de una anomalía enquistada durante décadas que mucho ha contribuido a la baja del país en cuanto a su calificación de confianza internacional, principalmente en el campo de la inversión privada.

Justamente, el doctor Rosatti sostuvo que los aspectos jurídicos son de la misma relevancia que los económicos “para generar desarrollo y cambios exitosos”, no debiéndose prescindir de ellos de manera de asegurar la fortaleza de un país, que constituyen la calidad institucional, la certeza de las decisiones, la independencia del Poder Judicial y “el acatamiento obligatorio de los fallos de la Corte”, aspecto seguramente central en el razonamiento efectuado por el alto magistrado.

Si bien es exclusividad del mayor tribunal de justicia del país atender la violación de derechos fundamentales, lo que se traduce en el apego que toda norma debe tener a lo que fija la Constitución Nacional, también muchas veces los jueces supremos deben abocarse a resolver cuestiones de competencia y a dirimir conflictos entre jurisdicciones, lo que les produce una sobrecarga a diferencia de lo que deben afrontar cortesanos en otros países con afamada seriedad republicana y menos carga interpretativa.

En estos momentos hay un ejemplo que pondrá a prueba el encuadre al que nos referimos a partir de la advertencia del juez Rosatti. Se trata del pedido del Ejecutivo Nacional a la Corte para que, mediante el mecanismo del “per saltum”, se levante la suspensión impuesta por un juez, a instancia de organizaciones gremiales, sobre los principales artículos de la reforma laboral hace poco aprobada por el Congreso.

En efecto, en el artículo 89 de la nueva legislación del trabajo los legisladores acordaron por amplia mayoría especificar que los jueces deben ajustar sus decisiones a la interpretación de la Constitución y las leyes que haga la Corte Suprema.

Todo apunta no a perjudicar los intereses de los trabajadores sino a garantizar a empleadores y eventuales inversores que la legislación que entra en vigencia contempla en forma equitativa los requerimientos de las partes y aseguran credibilidad.

Enhorabuena, por lo tanto, si el reclamo de la Corte sobre su labor es tenido en cuenta por los demás poderes, que deben respetarlo.

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