8 de octubre de 2025 - 00:00

Juicio en ausencia en un caso que se debe aclarar

Es desde todo punto de vista pertinente que con la nueva modalidad de juicio a aplicar se busque avanzar definitivamente en una causa que involucró en su momento al gobierno de turno argentino mediante el recordado memorando de entendimiento con Irán, que le costó la vida al entonces fiscal de la causa AMIA Alberto Nisman.

La Justicia argentina podría encaminarse al esclarecimiento del trágico atentado a la sede de la AMIA en Buenos Aires, hace 31 años, con la aplicación del novedoso juicio en ausencia. Debe recordarse que esta modalidad fue incorporada al Código Procesal Penal a través de una ley sancionada en febrero de este año.

Al margen de este caso puntual, también corresponde señalar que el juicio en ausencia es aplicable a delitos llevados a cabo dentro del territorio nacional o cometidos por agentes argentinos en el extranjero. El imputado que no comparezca a una citación judicial sin la debida justificación será declarado en rebeldía, lo mismo que si se fugase del establecimiento en el que se encuentre detenido, desobedeciera una orden de detención o se ausentase sin una justificación del domicilio denunciado en la causa por la que se lo investiga.

El juez federal Daniel Rafecas, quien resolvió que se aplique la nueva modalidad para los diez acusados de haber planificado y ordenado el atentado terrorista de julio de 1994, que mató a 85 personas, señaló que “la declaración de apertura del juicio en ausencia no implica una convalidación automática de todo lo actuado hasta aquí”, refiriéndose a lo que se ha investigado en todos los años posteriores al cruento atentado.

“El juicio en ausencia –remarcó el magistrado federal- sigue siendo una herramienta que permite, al menos, intentar conocer la verdad, reconstruir lo ocurrido y, sobre todo, darles a quienes representan a las víctimas un lugar para expresarse públicamente en ese proceso. Un juicio no garantiza certezas, pero sí abre una posibilidad; la posibilidad de que el fiscal intente probar lo que sostiene; de que se escuchen todas las voces…”, destacaba con firmeza el magistrado.

Además, el juez Rafecas aceptó la aplicación del juicio en ausencia luego de un pedido en tal sentido efectuado por el titular de la Unidad Fiscal para la Investigación de la Causa AMIA, Sebastián Basso. Y hace pocos días, la instancia fue ratificada por la Sala I de la Cámara Federal porteña.

De acuerdo con la investigación del atentado los acusados iraníes enfrentan cargos como posibles coautores, partícipes necesarios o instigadores, según su contribución en la toma de decisión, planificación, financiamiento, coordinación operativa y otros ítems. La mayoría de los iraníes supuestamente involucrados son diplomáticos y funcionarios de alto rango en su país.

Más allá de las objeciones públicas efectuadas por las defensas de los involucrados en la investigación del atentado, la realización del juicio en la nueva modalidad permitirá poner en la balanza aspectos muy serios de la investigación que establecen que la decisión de atacar a la AMIA se habría adoptado por las máximas autoridades de Irán a través de la organización Hezbollah.

Es desde todo punto de vista pertinente que con la nueva modalidad de juicio a aplicar se busque avanzar definitivamente en una causa que involucró en su momento al gobierno de turno argentino mediante el recordado memorando de entendimiento con Irán, que le costó la vida al entonces fiscal de la causa AMIA Alberto Nisman.

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