Ley de Alquileres: los propietarios se pueden ahorrar hasta $37.640 con un trámite en AFIP

Con apenas una semana de vigencia, ya se comienzan a firmar los contratos con la reformulada Ley de Alquileres. Qué deben tener en cuenta a la hora de los beneficios impositivos.

Ley de alquileres en la provincia de Mendoza
Foto: José Gutierrez / Los Andes
Ley de alquileres en la provincia de Mendoza Foto: José Gutierrez / Los Andes

La reciente implementación de la nueva Ley de Alquileres tuvo efecto a partir del miércoles 18 de octubre y estipula que los contratos deberán tener una duración mínima de tres años. También, se expresa que deben ser expresados en moneda nacional, quedando prohibidos los alquileres en dólares.

Entre las reformas se incluye la regulación de los ajustes de precios, que se llevarán a cabo cada seis meses y se basarán en el Índice Casa Propia. Esta medición se realiza con los porcentajes de la variación salarial promedio (CVS) y la inflación promedio (CER) del último año. El índice se calcula mediante una fórmula que otorga un peso del 90% a la variación salarial y del 10% a la inflación.

Hay una baja oferta de inmuebles en el mercado de alquiler, lo que dispara los precios ante una demanda vigorosa.
Hay una baja oferta de inmuebles en el mercado de alquiler, lo que dispara los precios ante una demanda vigorosa.

Por otro lado, la ley incluye reducciones de impuestos para los propietarios que alquilan sus propiedades y para inquilinos. La pregunta relevante ahora es qué impuestos se reducirán y quiénes se beneficiarán de estos recortes.

Uno por uno los beneficios impositivos para propietarios

En lo que respecta a los beneficios fiscales para los propietarios, la ley establece lo siguiente:

  • Los ingresos derivados exclusivamente del alquiler de hasta dos propiedades estarán exentos del pago del monotributo, eximiendo a personas que obtengan ingresos exclusivamente por alquileres de hasta dos propiedades de esta obligación tributaria.
  • Los inmuebles destinados al alquiler no estarán sujetos al Impuesto a los Bienes Personales, lo que beneficia a los propietarios que poseen propiedades utilizadas exclusivamente para alquiler, exentándolos de este impuesto sobre esos activos.
  • La ley exime de pagar el Impuesto a los Débitos y Créditos (conocido como “impuesto al cheque”) en las transacciones vinculadas a los contratos de alquiler, reduciendo la carga fiscal relacionada con las transacciones financieras asociadas a los alquileres.

¿Cuánto se ahorra un inquilino con los beneficios de AFIP?

Humberto Bertazza, un consultor impositivo del Estudio Bertazza, Nicolini, Corti y Asociados, habla sobre un beneficio especial de la AFIP.

El beneficio especial se refiere a la capacidad de los inquilinos de deducir un porcentaje de las sumas que pagan en concepto de alquiler en su declaración de impuesto a las ganancias.

Impuesto a las Ganancias (Foto: AFIP)
Impuesto a las Ganancias (Foto: AFIP)

En este caso, la deducción equivale al 40% de las sumas abonadas en alquiler, pero con un límite establecido por la ganancia no imponible. Para ser elegible, los inquilinos no deben ser titulares de ningún inmueble.

El valor anual de la ganancia no imponible (GNI) se establece en $451.683, lo que se traduce en un límite mensual de $37.640. Esto significa que, en un alquiler mensual de $100.000, el inquilino puede deducir el 40%, es decir, $40.000, lo que totaliza $480.000 al año. Sin embargo, debido a que el límite establecido es de $451.683, la deducción no puede superar esa cantidad.

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