La abogada mendocina Belén Castillo, especialista en quiebras, concursos y derecho penal, habló con "En Tiempo Real", programa de Aconcagua Radio sobre el rol de los acreedores en el incremento de deudas, la figura penal de la usura y las alternativas legales que tienen los deudores en situación de vulnerabilidad para reestructurar sus pasivos.
El crecimiento del crédito en el último tiempo ha traído aparejado un severo aumento en los niveles de morosidad como parte del riesgo propio de la actividad financiera. En la provincia de Mendoza, la tasa de mora "roza el 24.9%", un reflejo de una problemática de sobreendeudamiento que asfixia a miles de familias.
Belén Castillo aportó una mirada jurídica y práctica sobre esta realidad. Aunque coincide en términos generales con la postura oficial de que el endeudamiento es "una relación entre privados", Castillo enfatizó que "el sistema actual cuenta con regulaciones estrictas y herramientas protectoras que a menudo se violan o se desconocen de manera flagrante"
La responsabilidad del acreedor: "Prestaron mal"
Para Castillo, la responsabilidad de la crisis de deudas no recae únicamente en quienes no pueden pagar. Apoyándose en la Ley de defensa del consumidor (Ley 24.240), la especialista apuntó directamente al sector financiero: "El acreedor es quien tiene el conocimiento en la materia. Entonces yo, debo evaluar y hacer un análisis de a quién le estoy prestando el dinero".
La abogada denunció que muchas entidades y billeteras virtuales otorgan créditos ignorando los indicadores más básicos de solvencia, como los informes del veraz o el registro de deudores del banco central. "Si veo que tiene tres préstamos que están a mitad de camino, que ya están impagos y que está ganando 800,000 pesos de bono de sueldo, ¿Cómo le voy a prestar dinero?" cuestionó, concluyendo que, efectivamente, las entidades "prestaron mal".
Usura y abusos en la era digital
Uno de los puntos más críticos de la entrevista abordó las tasas aplicadas por las billeteras virtuales, que en ocasiones llegan al 700% de interés. Castillo confirmó que "la usura está contemplada como delito en el código penal, específicamente bajo el artículo 175 bis. El cual sanciona a quien aprovecha la necesidad, ligereza o inexperiencia de una persona". Actualmente, existe incluso un proyecto legislativo orientado a agravar las penas para los usureros que se aprovechan de los sectores más vulnerables.
El abuso también se manifiesta en prácticas operativas abusivas, como los débitos directos automáticos sobre cuentas sueldo o cajas de ahorro. "Les hacen infinitos débitos bancarios y a la gente le depositan hoy el salario de 800,000 pesos y mañana tiene 253 pesos en la cuenta". Según Castillo, estas acciones configuran un salto ilegal de los procesos de cobro tradicionales.
¿Qué puede hacer el deudor?
Castillo aclaro que los marcos legales vigentes ofrecen múltiples "salvavidas" para reordenar las finanzas:
- Negociación Extrajudicial: Debe ser el primer paso. "Consiste en proponer refinanciaciones accesibles al acreedor, exigiendo la quita de intereses punitorios, abusivos o usureros".
- Uso del "Stop Debit": Ante débitos abusivos que vacían las cuentas sueldo, "los usuarios tienen derecho a exigir detener los cobros automáticos".
- Denuncia Penal por Usura: "Cualquier ciudadano puede radicar una denuncia por intereses usureros de forma online ante el ministerio público fiscal, sin necesidad inicial de contar con patrocinio letrado".
- Defensa del Consumidor: "Utilizar el artículo 36 de la Ley 24.240 para denunciar la falta de condiciones claras, la ausencia de tasas pactadas o la firma de contratos incomprensibles".
- Concursos y Quiebras: Como vía judicial para reestructurar pasivos. "No significa inmediatamente no pagar, sino que dentro de los concursos y quiebras se puede refinanciar deuda, pagar y también negociar los intereses abusivos o punitorios"
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