A partir de noviembre, el mínimo para que los empleados comiencen a pagar el Impuesto a las Ganancias se elevó a $ 330.000 de remuneración bruta. Ese nuevo piso también se aplica al aguinaldo, pero con algunas particularidades.
A partir de noviembre, el mínimo para que los empleados comiencen a pagar el Impuesto a las Ganancias se elevó a $ 330.000 de remuneración bruta. Ese nuevo piso también se aplica al aguinaldo, pero con algunas particularidades.
En el caso del sueldo anual complementario (SAC), para saber si este monto que se cobrará en diciembre de 2022 está o no alcanzado por el impuesto, se toma el promedio del sueldo bruto de todo el segundo semestre. Es decir que, el monto de la primera mitad del aguinaldo, la de junio, no se modifica.
Si el promedio de los salarios de julio a diciembre no supera los $ 330.000 brutos, la segunda cuota del aguinaldo 2022 estará exenta. Pero esta exención tiene un tope de $ 165.000 (equivalente a la mitad del nuevo mínimo).
De esta manera, podrá suceder que:
Con esta forma de cálculo de la exención, un empleado que esté apenas por encima del límite (a partir de $ 331.000) tendrá que pagar el impuesto y cobrará de bolsillo mucho menos que otra persona con el mismo aguinaldo, pero que tiene un promedio de hasta $ 330.000.
Hay algunos casos en los cuales el empleador debería devolver el monto retenido demás en Ganancias. El aguinaldo se va pagando en forma prorrateada a lo largo de los meses (cada mes, se le suma una 12° parte al sueldo para calcular el impuesto). Esta modalidad de tributación adelantada se implementó para evitar el descuento de una sola vez cuando se cobrara el SAC.
Entonces, a partir de julio, la empresa fue calculando el impuesto sobre el aguinaldo según los parámetros que regían en cada momento. Hasta octubre, el piso estaba en $ 280.792, y recién subió en noviembre. Por lo tanto, quienes estén entre el mínimo anterior y el actual habrán pagado demás y le deberán devolver o compensar con el monto por tributar en los meses siguientes, según corresponda.
Con estos nuevos valores en la liquidación del aguinaldo de fin de año, se pueden dar distintas situaciones. El Estudio Castillo analizó cuatro casos en el cierre de su seminario anual tributario.
En estos dos últimos casos, se puede ver que el último trabajador, pese a cobrar un aguinaldo inferior, termina pagando el impuesto sobre un monto mayor que el tercer caso que cobró más.