4 de agosto de 2025 - 12:27

Por los robos, el gobierno advierte sobre empresas de Seguridad no habilitadas: cómo reconocerlas

Por hechos de inseguridad recientes en Mendoza, recordó que los servicios deben cumplir con la nueva Ley 9578. Qué determina y dónde consultar.

Hechos de inseguridad recientes volvieron a poner en agenda la contratación de empresas de seguridad, un tema que cuenta con nueva legislación en Mendoza. El Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza salió a advertir sobre la importancia de contratar únicamente servicios de seguridad privada que estén habilitados y en regla, conforme a la Ley Provincial 9578, recientemente reglamentada.

Parte de lo que encendió nuevamente la alarma fueron una serie de robos ocurridos en el barrio privado Valle Escondido, en Luján de Cuyo. En las últimas semanas, se denunciaron al menos tres hechos delictivos efectuados bajo la misma modalidad: los delincuentes aprovechan la ausencia de los propietarios para ingresar a las viviendas y robar. Esto implica que se tenga información sobre el movimiento de los ocupantes de la vivienda por lo que la policía sospecha que podrían haber contado con información interna, especialmente considerando que se trata de un complejo con seguridad privada. Asimismo, dado que se repite el procedimiento, creen que se trata de la misma banda

La repetición de este tipo de hechos en barrios cerrados vuelve a poner en discusión la efectividad de algunos sistemas de vigilancia, así como la necesidad de contratar servicios de seguridad habilitados y regulados.

Nueva ley sobre seguridad privada en Mendoza

La normativa, vigente desde febrero, establece que los propietarios de inmuebles que recurran a servicios no autorizados también son responsables solidarios y pueden enfrentar sanciones y multas por las infracciones detectadas.

Alejandro Antón, director de Seguridad Privada de la provincia, explicó que esta nueva legislación reemplaza a la antigua Ley 6441, vigente desde 1997, y actualiza el marco regulatorio del sector con el objetivo de adaptarse a los nuevos desafíos y avances tecnológicos.

Uniformes de agentes de seguridad privada.jpeg

“La ley incorpora no solo los servicios tradicionales de seguridad física, sino también los sistemas electrónicos, la cobertura en locales de diversión nocturna y en eventos deportivos. Es una actualización necesaria para brindar un servicio profesional y acorde a los riesgos actuales”, afirmó Antón.

Sobre los hechos ocurridos en un barrio privado de Luján, el funcionario confirmó que la empresa que operaba en ese lugar no estaba habilitada. “Lamentablemente, todavía hay quienes contratan servicios sin verificar su legalidad. Esto puede generar riesgos, desde la falta de control sobre el personal hasta la inexistencia de cobertura ante incidentes. Recomendamos a los vecinos asesorarse siempre antes de contratar”, señaló.

Uno de los objetivos centrales de la ley es combatir la informalidad en el sector. Según datos aportados por las cámaras empresariales, rondaba el 60% hasta finales del año pasado.

Según detalló Los Andes en una nota reciente, en Mendoza hay 198 empresas de seguridad privada registradas. De ellas, hay 163 que trabajan en el Gran Mendoza, 6 en el Valle de Uco, 15 en el Este provincial y 14 en el Sur. Los registros dan cuenta de 15.000 vigiladores registrados, aunque solo 10.000 ejercen activamente la profesión.

Qué deben cumplir las empresas de seguridad habilitadas en Mendoza

Según detalló el funcionario, las empresas habilitadas deben contar con un director técnico, planes de seguridad aprobados y credenciales individuales para cada vigilador. Estos documentos son otorgados tras verificar los antecedentes y la capacitación del personal. Además, anticipó que próximamente se firmará un convenio con la Cámara de Empresas de Monitoreo para integrar los sistemas de cámaras de acceso público, lo que permitirá una mejor coordinación con la Policía de Mendoza.

Nuevo marco de supervisión

La ley establece que las empresas de seguridad privada ya no estarán bajo la órbita del Registro Provincial de Armas (REPAR) ni del Registro de Empresas Privadas de Vigilancia (REPRIV), sino que pasaron a ser supervisadas por la Dirección de Seguridad Privada (DISEP), también a cargo de Antón.

Formación obligatoria para los guardias

Uno de los ejes centrales de la nueva legislación es la capacitación del personal. Los vigiladores deberán tener el secundario completo y, en el caso de los directores técnicos, será requisito contar con una Licenciatura en Seguridad. La normativa fija un plazo de un año para que los agentes que aún no hayan finalizado sus estudios comiencen su formación.

Aunque las sospechas suelen recaer en los servicios de seguridad privada, muchas veces quien aporta el dato de una casa vulnerable o un botín es conocido de las víctimas. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
Hechos de inseguridad recientes en barrios cerrados volvieron a poner en agenda la contratación de empresas de seguridad. Foto: Los Andes

Hechos de inseguridad recientes en barrios cerrados volvieron a poner en agenda la contratación de empresas de seguridad. Foto: Los Andes

En junio, el Ministerio de Seguridad firmó un convenio con la Dirección General de Escuelas (DGE) para implementar planes educativos destinados al personal de seguridad privada que aún no ha completado sus estudios secundarios.

Uniformes reglamentarios

A partir de un acuerdo con el Ministerio de Seguridad, se estableció un código de vestimenta unificado para los vigiladores: la ropa de la parte superior (camperas, camisas y chombas) deben ser de color arena, mientras que los pantalones deben ser negros.

Empresas con seguridad propia

Las empresas que opten por tener seguridad interna con personal en relación de dependencia deberán cumplir con los mismos requisitos que una firma del sector: registrar a su personal, garantizar su formación y adecuarse a las exigencias legales. Se establece, además, un tope de 30 agentes. Si necesitan más personal, deberán contratar a una empresa habilitada.

Uso de armas no letales

Por último, la normativa permite que los vigiladores porten armas de baja letalidad durante sus funciones. Esta posibilidad estará sujeta a una capacitación obligatoria, que deberá dictarse en unidades académicas con convenios con el Ministerio de Seguridad y Justicia. Así, podrán usar pistolas taser, dispositivos electrónicos de inmovilización momentánea.

Seguridad privada: cómo y dónde consultar empresas habilitadas en Mendoza

El Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada Humana, Interna y Tecnológica cuenta con sedes distribuidas en las principales regiones de Mendoza: Gran Mendoza, Zona Sur, Valle de Uco y Zona Este. Pueden verse los contactos en la página web.

Desde el Ministerio de Seguridad y Justicia informaron que cualquier persona interesada en contratar servicios de seguridad puede realizar consultas a través de los siguientes canales oficiales:

Teléfono: (0261) 385-9066

Correo electrónico: [email protected]

WhatsApp: 261 277 9309

Además, se puede acceder al listado actualizado de empresas habilitadas antes de firmar cualquier contrato, garantizando así que el servicio cumpla con todos los requisitos legales establecidos por la Ley Provincial 9578.

“La seguridad privada es un complemento clave para la seguridad pública, pero debe funcionar dentro del marco legal. Desde la Dirección estamos a disposición para asesorar a vecinos y administraciones de barrios privados, evitando que se repitan situaciones como la ocurrida recientemente”, concluyó Antón.

Desde la Dirección se realizan controles periódicos sobre empresas registradas y no registradas, con el objetivo de garantizar que quienes prestan servicios cumplan con los requisitos exigidos por la norma

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