24 de agosto de 2026 - 09:45

La Justicia ordenó a una obra social de Mendoza reincorporar a una mujer trans que había sido desafiliada

La entidad consideró que su transición no había sido informado al ingresar y lo encuadró como "enfermedad preexistente". La Justicia Federal ordenó restituir la cobertura.

La Justicia Federal de Mendoza ordenó a la Obra Social de Petroleros (OSPE) reincorporar de manera inmediata a una mujer trans que había sido desafiliada de la entidad, en una resolución que pone en el centro del debate el acceso a la salud, la identidad de género y el principio de no discriminación.

La decisión fue adoptada a partir de una medida cautelar presentada como parte de una acción de amparo. El juzgado entendió que, en esta instancia del proceso, no existen elementos suficientes que permitan justificar la baja dispuesta por la obra social y ordenó restituir a la joven al mismo plan de salud que tenía contratado.

La Justicia ordenó a una obra social de Mendoza reincorporar a una mujer trans que había sido desafiliada

La Justicia ordenó a una obra social de Mendoza reincorporar a una mujer trans que había sido desafiliada

La resolución establece que OSPE deberá mantener la misma cobertura médica, el valor de la cuota y todas las prestaciones previstas en el plan, hasta tanto exista una resolución definitiva sobre el amparo.

La obra social había argumentado una supuesta enfermedad preexistente

De acuerdo con lo planteado en la acción judicial, la desafiliación se produjo luego de que OSPE tomara conocimiento del proceso de afirmación de género que atravesaba la joven.

La entidad habría considerado que la información relacionada con ese proceso no había sido consignada en la declaración jurada presentada al momento de solicitar la afiliación. En ese contexto, la obra social habría invocado la existencia de una supuesta “patología preexistente”.

Sin embargo, la Justicia puso en duda que ese argumento resulte suficiente para justificar la desafiliación.

Uno de los puntos centrales de la resolución está relacionado con una cirugía de feminización. Para el juzgado, al menos en esta etapa del proceso, no existen elementos que permitan asimilar sin más una intervención de estas características a una enfermedad o alteración física que debiera haber sido declarada como una preexistencia.

La Justicia ordenó a una obra social de Mendoza reincorporar a una mujer trans que había sido desafiliada

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El tribunal también dejó en claro que cualquier discusión vinculada con una eventual falsedad u omisión en la declaración jurada deberá ser analizada y probada durante el proceso judicial.

Mientras tanto, entendió que debe garantizarse la continuidad de la cobertura de salud de la joven.

Cinco días para restituir la afiliación

La medida cautelar establece que OSPE deberá realizar, dentro de los cinco días de quedar notificada, todos los actos necesarios para reincorporar a la afiliada.

La restitución deberá hacerse bajo las mismas condiciones que tenía antes de la desafiliación (mismo plan, cobertura, cuota y prestaciones).

La medida tendrá vigencia mientras avance el proceso de amparo y hasta que se dicte una decisión definitiva.

El objetivo de la cautelar es evitar que la mujer quede sin cobertura médica durante el tiempo que demande la resolución del conflicto judicial, especialmente frente a la posibilidad de que la interrupción de las prestaciones afecte derechos fundamentales.

“La salud no puede depender de prejuicios”

La salud no puede depender de prejuicios. Ninguna persona puede ser excluida del sistema de salud por su identidad de género ni por ejercer derechos reconocidos por la legislación argentina”, sostuvo la abogada María Laura Cannizzaro, una de las profesionales que patrocina a la joven, destacó el alcance de la resolución.

Para la letrada, la decisión representa un paso importante en materia de igualdad y no discriminación, al establecer límites frente a decisiones que puedan terminar restringiendo el acceso a prestaciones médicas por razones vinculadas con la identidad de género.

En el mismo sentido se expresó el abogado Carlos Aguinaga, quien consideró que el caso excede la situación particular de su representada.

La Justicia ordenó a una obra social de Mendoza reincorporar a una mujer trans que había sido desafiliada

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“Este caso trasciende el interés individual de nuestra clienta”, señaló, y agregó que la resolución reafirma que las obras sociales y empresas de medicina no pueden utilizar figuras legales previstas para otros supuestos como mecanismos para excluir a personas pertenecientes a grupos históricamente vulnerados.

Un proceso que todavía no terminó

La decisión conocida ahora es una medida cautelar y no una sentencia definitiva. Es decir, la Justicia Federal todavía deberá resolver el planteo principal presentado por la joven.

La parte actora busca que finalmente se declare la nulidad de la desafiliación y que se reconozca la vulneración de sus derechos.

Desde el estudio jurídico que representa a la mujer consideraron que el expediente puede convertirse en un antecedente relevante para la protección de los derechos de las personas trans y para la discusión sobre el acceso igualitario al sistema de salud.

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