La Justicia Federal de San Rafael ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que le restituyan a un adulto mayor sureño con el 80% de incapacidad laboral una pensión no contributiva que el Estado Nacional le ha suspendido y aún no le restituye.
El 30 de julio pasado Diego Carmona, el abogado de Daniel -un hombre que reside el distrito de Monte Comán junto a su hermano- presentó en el fuero federal sureño una medida cautelar autónoma (un amparo) para que le restituyan de forma urgente a su cliente su pensión no contributiva por invalidez laboral que recibía desde 2020.
El 26 de agosto pasado el juez federal sureño Eduardo Puigdéngolas dicto una sentencia favorable al amparista, en la que ordena que ANDIS y ANSES le restituyan la pensión a Daniel, luego de que la fiscalía se pronunciara en el mismo sentido.
La medida judicial podría servir de precedente para otros beneficiarios que están en las mismas condiciones que Daniel o para casos similares, que hayan sido o no auditados.
Al día de hoy, los organismos nacionales siguen incumpliendo la medida judicial por lo que desde la justicia han elaborado un proveído con la intención de que se restituyan los derechos de forma urgente al demandante, dado que los plazos se han vencido, luego que los notificara de la novedad tanto a ANDIS como a ANSES.
“La suspensión del beneficio es erróneo y ahora debe restituirle la pensión a mi cliente”, indicó el abogado, quien sostiene que los organismos nacionales podrían ser multados, “aunque lo que pretendemos es que reestablezca el beneficio a la brevedad”.
La contradicción oficial
El 25 de junio pasado Daniel recibió en su domicilio una carta documento de ANDIS que le anunciaba la suspensión del beneficio por inconsistencia en los datos que había brindado. Al mes siguiente, los $220.000 de la pensión no estaban en su cuenta.
En telegrama de ANDIS -firmado por el polémico funcionario nacional Diego Orlando Spagnuolo, famoso por los audios donde habla de coimas en la compra de medicamentos- se da como motivos del corte de beneficio “causas imputables a la propia persona beneficiaria por inconsistencia en los datos brindados”.
Lo cierto es que el amparista nunca fue auditado por el organismo nacional y tal como aclara el abogado, hay una contradicción ya que el domicilio de su cliente -el mismo que figura en su documento de identidad y en sus datos que tiene ANSES y ANDIS- siempre ha sido el mismo. “Ha quedado demostrado que siempre tuvo el mismo domicilio”, dice el letrado.
De tal forma que el telegrama de donde se le informa la suspensión de la pensión, le llegó al mismo domicilio que antes se cómo irregular.
“Esto es, además de inconstitucional, algo indignante. Tengo otros clientes en situaciones similares que todavía no quieren accionar, tal vez por temor. Lo cierto es que hay herramientas para defenderse”, sostiene Carmona.