La Justicia laboral consideró justificado el despido de un empleado acusado de haberse apropiado de una caja navideña destinada a una compañera de trabajo.
Un caso sentó precedente en la Justicia respecto a un trabajador despedido por retirar sin permiso el paquete tan ansiado en época de Navidad.
La Justicia laboral consideró justificado el despido de un empleado acusado de haberse apropiado de una caja navideña destinada a una compañera de trabajo.
El hecho ocurrió en marzo de 2023 en una empresa de logística ubicada en la Ciudad de Buenos Aires y quedó registrado por cámaras de seguridad internas.
El trabajador, con menos de un año de antigüedad, había sido desvinculado tras la denuncia de la empresa, que lo acusó de retirar sin permiso el paquete entregado por el sindicato.
En su defensa, el hombre sostuvo que había actuado con la autorización de un delegado sindical, argumentando que la destinataria había olvidado retirar la caja. Además, señaló que resultaba improbable que intentara sustraerla de manera intencional, dado el control por cámaras existente en el establecimiento.
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Durante el juicio, sin embargo, el delegado sindical negó haberle otorgado permiso alguno y confirmó que las cajas estaban asignadas a empleados específicos. Otros testigos coincidieron en que el paquete nunca fue recibido por su destinataria.
El tribunal consideró probado que el trabajador retiró una caja que no le correspondía y que no pudo demostrar haber contado con autorización. Ese elemento resultó determinante para que el juez de primera instancia rechazara la demanda por despido sin causa, al entender que la conducta constituía una injuria laboral.
En su fallo, publicado por el medio Infobae, el magistrado indicó que, si bien la caja no tenía un valor económico significativo, el hecho vulneró los deberes de buena fe y fidelidad propios del vínculo laboral, sobre todo teniendo en cuenta las funciones de confianza que desempeñaba el empleado.
La sentencia también mencionó antecedentes que habían generado desconfianza en la empresa. Según los testimonios, al poco tiempo de ingresar, el trabajador había denunciado el robo de un vehículo ploteado de la compañía que transportaba mercadería, un hecho que despertó sospechas internas.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la resolución al analizar la apelación del demandante. En su voto, los jueces remarcaron que la pérdida de confianza resultó justificada, ya que se acreditó la conducta irregular en los primeros meses de empleo y no existían antecedentes que mitigaran su gravedad.
“En situaciones de tan breve antigüedad, el empleador se encuentra en desventaja para formarse una opinión distinta sobre la honestidad o probidad del trabajador”, señaló el tribunal, y agregó que hechos de esa naturaleza “lesionan de manera terminal la confianza depositada”.
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En cuanto a los reclamos adicionales, la Cámara rechazó el pedido del trabajador para percibir la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, al comprobar que la empresa había puesto a disposición los certificados de servicios en tiempo y forma.
El fallo también dispuso el pago de una suma menor por diferencias en la liquidación final, con actualización conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y un interés anual.
Las costas y honorarios se impusieron en el orden causado, al considerar razonable la expectativa de defensa de ambas partes.