En septiembre de 2026 continúan vigentes en Argentina las reglas nacionales que permiten suspender una Licencia de Conducir en determinadas circunstancias. No se trata de una quita automática para todos los conductores: el régimen surge del Decreto 196/2025 y del procedimiento establecido posteriormente por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
La norma alcanza principalmente a conductores principiantes que cometen determinadas infracciones graves durante sus primeros dos años y a titulares cuya condición psicofísica haya cambiado de manera que mantener su habilitación pueda representar un peligro serio para la seguridad vial.
Las cinco faltas que pueden provocar la suspensión de un principiante
El Decreto 196/2025 estableció que, si un conductor principiante incurre en faltas graves dentro de los primeros dos años desde que recibió su licencia, esta puede ser suspendida y deberá volver a demostrar que se encuentra en condiciones de conducir.
La Disposición 91/2025 de la ANSV definió específicamente cinco conductas para este procedimiento:
- Conducir bajo los efectos del alcohol, estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales.
- Superar los límites máximos de velocidad.
- No respetar la señalización de los semáforos.
- Conducir utilizando el teléfono celular.
- Circular sin cinturón de seguridad o, en el caso de motos, sin casco reglamentario.
La suspensión no significa necesariamente la pérdida definitiva de la licencia. Existe un procedimiento posterior que puede terminar con la rehabilitación del conductor o, por el contrario, con la habilitación en estado no vigente.
También pueden suspenderla por una condición psicofísica sobreviniente
El régimen no se limita a quienes recién empiezan a manejar.
La autoridad puede intervenir cuando se comprueba que un titular presenta una condición psicofísica inadecuada respecto de la exigida cuando obtuvo la licencia y mantener la autorización implica un grave peligro para la seguridad vial o perjudica el interés público.
En esos casos, la ANSV puede solicitar a la jurisdicción que otorgó la licencia que disponga su suspensión.
No alcanza simplemente con la edad o con una presunción sobre el estado de salud del conductor. Debe existir un supuesto que permita cuestionar concretamente su aptitud actual para conducir.
Qué ocurre después de que se solicita la suspensión
El procedimiento tiene plazos definidos. Cuando la ANSV envía el pedido, la jurisdicción que emitió la licencia tiene cinco días para tomar razón de la suspensión o fundamentar por qué no lo hace.
Si se dispone la medida, el conductor debe ser notificado y citado para rendir nuevamente el examen que corresponda.
A partir de esa citación pueden darse tres situaciones:
- Si aprueba el nuevo examen, la suspensión queda sin efecto.
- Si no aprueba, la licencia pasa a estado no vigente.
- Si se niega a rendir o no se presenta en tiempo y forma, la autoridad puede disponer su inhabilitación.
Es decir, no todas las suspensiones terminan del mismo modo.
Tener cinco faltas graves también cambia la renovación
Existe otro grupo que debe prestar atención. Al momento de renovar, quienes acumulen cinco infracciones graves o más deberán aprobar nuevamente los exámenes teórico y práctico para conseguir la revalidación.
Eso no equivale a una quita automática de la licencia, pero agrega un requisito que un conductor sin esos antecedentes no tiene.
También es incorrecto afirmar que el Gobierno quita la licencia simplemente por llegar a determinada edad. Las reglas actuales establecen que las personas mayores de 65 años con categorías A, B y G revalidan su aptitud cada tres años y, desde los 70, lo hacen anualmente.