4 de septiembre de 2020 - 10:53

Righi en modo “aperturista”: Lavalle pidió por el turismo interno y otras actividades

El intendente de Lavalle, Roberto Righi, se lo solicitó al gobernador Rodolfo Suárez. Abre el turismo, cafés y restaurantes y se permitirán ceremonias religiosas.

Lavalle era una de las comunas que más se resistió a las flexibilizaciones y eran recurrentes las solicitudes al Gobierno provincial para mantenerlas cada vez que se renovaba el decreto. Emir Félix (San Rafael) aflojó en la apertura de cafés y restaurantes, y ahora se acopla otro intendente peronista: Roberto Rigui.

El intendente lavallino solicitó la apertura de actividades, 3 días después de los anuncios de las nuevas medidas que incluía al departamento que administra, sin posibilidad de turismo interno. La modificación fue publicada en el Boletín Oficial y deja claro el pedido de adoptar medidas especiales “a fin de contribuir a la protección de la salud y bienestar de la comunidad de Lavalle”.

Con las excepciones en la zona del Secano del Departamento de Lavalle, comprendida por los distritos de Lagunas del Rosario, San José, Asunción y San Miguel, en resto de la comuna se permitirán las siguientes medidas, como en el Gran Mendoza:

-Se mantienen las restricciones ya establecidas para los establecimientos clasificados como bares.

-Los restaurantes y cafés, podrán funcionar con un límite de cuatro (4) personas por mesa y siempre que las mismas estén dispuestas al aire libre. Hasta ayer sólo se permitía el take away, modalidad que seguirá funcionando.

-Las ceremonias religiosas sólo podrán realizarse con una concurrencia máxima de 10 personas y en templos reglamentariamente autorizados a tal fin.

-Los gimnasios podrán funcionar en horario de 07.00 a 20.00 horas y con una concurrencia que no podrá superar el treinta por ciento (30%) del factor ocupacional habilitado. En aquellos casos en que se hayan reportado casos positivos, no serán habilitados.

-Los clubes permanecerán cerrados.

-Las infracciones serán sancionadas con multa de pesos cinco mil ($ 5.000,00) para la persona infractora y de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00) para el establecimiento o entidad en que se verifique la infracción.

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