Marcelo D'Agostino: el tribunal le puso fecha a una audiencia clave para el futuro de la causa

El Tribunal Penal Colegiado deberá tomar una decisión importante sobre el futuro de la causa de violencia de género de Marcelo D'Agostino.

El tribunal recién quedó conformado la semana pasada con la confirmación de los jueces Mauricio Juan, Carmen Magro y Fernando Martínez, quienes deberán aceptar o rechazar la recusación presentada por la abogada querellante María Elena Quintero contra la conjueza.

Tanto la querellante como González Pina, quien rechazó apartarse de la causa, fueron citadas para exponer sus argumentos ante el tribunal.

Los magistrados podrían resolver el planteo durante esa misma audiencia, convocada para las 14.30 en el Polo Judicial. Aunque también existe la posibilidad de que los jueces posterguen su decisión y la notifiquen posteriormente vía escrita, según confirmaron fuentes judiciales a Los Andes.

La designación de González Pina

La designación de González Pina se produjo a fines de mayo, tras una serie de cambios de magistrados que intervinieron en el expediente. Originalmente había sido sorteada la jueza María Cristina Pietrasanta, pero el acto no fue presenciado por la querella, por lo que debió realizarse un nuevo sorteo.

Posteriormente fue designada la jueza Eleonora Arenas, quien recibió una recusación de la querella, aunque decidió no aceptarla. Sin embargo, no llegó a intervenir en la causa porque el Senado aprobó su nombramiento como integrante del Tribunal Penal Colegiado.

Más tarde, Arenas volvió a ser sorteada para resolver la recusación de González Pina, pero optó por inhibirse al considerar que existía una situación de "violencia moral" derivada del tratamiento mediático del caso.

En cuanto a la designación de González Pina, en tribunales explicaron que el cambio de funciones de al menos seis jueces de distintas circunscripciones provocó que las vacantes comenzaran a cubrirse con conjueces.

En ese contexto, González Pina heredó las causas que estaban bajo la órbita de Arenas, entre ellas el expediente contra D’Agostino.

Desde el Poder Judicial aseguraron que la conjueza está especializada en Derecho Penal, aprobó el concurso correspondiente, cuenta con el examen psicofísico realizado y se encuentra postulada para cargos judiciales, aunque todavía resta el acuerdo legislativo definitivo.

Sin embargo, la querella sostiene que precisamente esa situación concursal afecta la apariencia de imparcialidad que debe tener la magistrada.

La recusación de la querella

En la recusación presentada a la que tuvo acceso este diario, la representante de la denunciante argumentó que González Pina “carece de estabilidad” porque aspira a un cargo permanente y su designación definitiva depende del Consejo de la Magistratura, del Poder Ejecutivo y del Senado.

Según el escrito, eso genera una “sospecha objetiva de parcialidad” en una causa que involucra a un exfuncionario con vínculos institucionales dentro del sistema judicial.

La presentación también cuestiona el mecanismo de designación de la conjueza y afirma que la acordada de la Suprema Corte de Justicia que dispuso su nombramiento no fue publicada oficialmente, lo que —según la querella— afecta la transparencia del proceso.

Además, el escrito plantea la inconstitucionalidad del artículo 80 del Código Procesal Penal de Mendoza, que establece que las recusaciones se resuelven sin posibilidad de apelación.

El rechazo de la conjueza

Por su parte, la conjueza González Pina rechazó todos los argumentos expuestos por Quintero y sostuvo que no existen elementos objetivos que permitan sospechar de su imparcialidad.

En su resolución, la magistrada afirmó que "la sola condición de conjuez que ostente el magistrado, designado conforme a la legislación vigente y las acordadas dictadas por la Excma. SCJM, aun cuando todavía no tenga el acuerdo senatorial, le permite actuar en cada caso como juez natural".

También remarcó que la recusación "constituye un acto de trascendencia institucional que debe ser interpretado de manera prudente y detenida".

Además, cuestionó que la querella intentara fundamentar su apartamiento en "meras especulaciones carentes de respaldo en evidencia objetiva".

En otro de los puntos centrales de su rechazo, recordó que la propia Suprema Corte de Justicia de Mendoza ya revocó un antecedente citado por la querella y sostuvo que las designaciones interinas de conjueces "no violan el principio de juez natural".

Incluso citó fallos del máximo tribunal provincial en los que se señaló que "no hay pruebas (...) que permitan derivar sospecha de que el eventual nombramiento de la conjueza dependa de que actúe de determinada manera en esta causa".

Finalmente, la magistrada resolvió rechazar la recusación planteada por la querella, aunque dispuso remitir el expediente al Tribunal Penal Colegiado para que resuelva de manera definitiva el planteo, tal como establece el Código Procesal Penal de Mendoza.

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