8 de septiembre de 2026 - 17:17

La Suprema Corte sorteó los tres jueces para el caso Marcelo D'Agostino y uno podría inhibirse en breve

Se sortearon los tres jueces de la Suprema Corte de Justicia que resolverán la recusación que elevó la querella contra la jueza María Jimena González Pina

Los magistrados deberán resolver la recusación que elevó la querella contra la conjueza María Jimena González Pina, ratificada al frente de la causa por el Tribunal Penal Colegiado en julio pasado.

Sin embargo, la conformación del tribunal podría sufrir una modificación en breve. Según advirtieron fuentes judiciales, el presidente de la Corte, Dalmiro Garay, se inhibiría de participar en el caso debido a que compartió funciones con D’Agostino durante gran parte del primer gobierno de Alfredo Cornejo (2015-2018).

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dalmiro Garay

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dalmiro Garay

Garay se desempeñó como ministro de Gobierno y la Subsecretaría de Justicia estuvo bajo la órbita de esa cartera, cuando D’Agostino ocupaba ese cargo.

Incluso, no se descarta que la querella avance con una recusación contra el supremo por este mismo antecedente, según señalaron fuentes cercanas al caso a este diario. Mientras que del lado de la defensa de D'Agostino descartaron que avancen en una medida de este tipo.

Entonces en caso de confirmarse el apartamiento voluntario de Garay, la Suprema Corte deberá sortear un reemplazante particular entre los cuatro restantes integrantes: Norma Llatser, Mario Adaro, Julio Gómez y Omar Palermo.

La discusión por la conjueza designada para el caso Marcelo D'Agostino

La intervención de la Suprema Corte se produce a partir de los recursos presentados por la querella contra la decisión que rechazó la recusación de González Pina y dispuso su continuidad al frente de la causa.

La representación de la denunciante cuestionó la resolución del Tribunal Penal Colegiado que, en julio pasado, confirmó a la conjueza para continuar con la investigación.

La querella presentó recursos de inconstitucionalidad y casación contra esa decisión. Posteriormente, ante el rechazo formal de esas presentaciones, avanzó con una queja ante la Suprema Corte de Justicia.

El exsubsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino

El exsubsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino

Uno de los planteos centrales apunta a la participación que tuvo D’Agostino en el proceso de evaluación de González Pina para acceder al cargo de conjueza.

Según surge de las presentaciones judiciales, la querella sostuvo que el exfuncionario participó de la entrevista de evaluación de la magistrada cuando se desempeñaba como consejero suplente por el Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura.

Ese antecedente fue uno de los argumentos utilizados para solicitar que González Pina fuera apartada de la investigación.

Qué dijo el Tribunal Penal Colegiado

En su fallo del 7 de julio pasado, el Tribunal Penal Colegiado integrado por los jueces Mauricio Juan, Carmen Magro y Fernando Martínez resolvió que no existieron elementos objetivos para poner en duda la imparcialidad de González Pina y sostuvo que los argumentos de la querella se apoyaron en especulaciones sin respaldo probatorio.

Los jueces sostuvieron que los planteos de la querella sobre dependencia institucional se apoyaron en " meras especulaciones carentes de respaldo en evidencia objetiva " y remarcaron que las circunstancias invocadas eran " inespecíficas y no acreditadas con el rigor que requiere el desplazamiento del juez natural de la causa ".

El tribunal también destacó que la situación de Marcelo D'Agostino cambió por completo tras su renuncia al Gobierno provincial. En ese sentido, afirmó que " el carácter de ex Subsecretario del investigado torna aún más remota la cadena causal que pretende trazar la recusante ".

Respecto de la designación de González Pina, los magistrados enfatizaron que fue una decisión exclusiva de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza y no del Poder Ejecutivo.

Otro de los fundamentos centrales fue que la condición de conjueza no afecta, por sí misma, la imparcialidad de un magistrado. Para respaldar esa posición, el tribunal citó precedentes de la Suprema Corte provincial y sostuvo que la recusación se basó únicamente en la condición provisoria de González Pina, lo que constituye " meras suposiciones carentes de aptitud " para apartarla de la causa.

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