Financiamiento universitario: la Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga al Estado a aplicar la ley

El máximo tribunal rechazó los planteos del Gobierno nacional y dejó vigente la medida que ordena actualizar los salarios docentes y no docentes, además de recomponer los programas de estudio.

La Corte Suprema de Justicia desestimó dos planteos realizados por el Poder Ejecutivo Nacional en la causa vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario (Decreto 759/25). La resolución concluyó que el recurso extraordinario no estaba dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable. De esta manera, la Corte Suprema obliga al Estado Nacional a aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795.

En una resolución firmada este jueves, el máximo tribunal también rechazó el pedido de excusación formulado en el expediente y remitió a lo resuelto el 4 de junio de 2026 en el incidente de recusación con causa correspondiente a la misma.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la Corte sostuvo que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial dio origen a la queja, no cumplía con el requisito de dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable, conforme al artículo 14 de la Ley 48.

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La Corte Suprema de Justicia desestimó dos planteos realizados por el Poder Ejecutivo Nacional en la causa vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario (Decreto 759/25).

La Corte Suprema de Justicia desestimó dos planteos realizados por el Poder Ejecutivo Nacional en la causa vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario (Decreto 759/25).

En consecuencia, el Tribunal desestimó tanto el pedido de excusación como la presentación directa e intimó al Estado para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la Acordada 47/91.

La queja fue interpuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Capital Humano (Secretaría de Educación), en su carácter de parte demandada. El expediente tuvo origen en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 y luego intervino la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

El origen del conflicto

La causa comenzó a partir de un amparo colectivo impulsado por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional y de distintas universidades nacionales. El planteo buscaba declarar la inconstitucionalidad del decreto 759/2025, por el que el Estado dispuso que la ley 27.795 solo podía ejecutarse una vez determinadas las fuentes específicas de financiamiento.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó, como medida cautelar y que el Gobierno cumpliera de inmediato los artículos 5 y 6 de la ley, referidos a la actualización de los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma y a la recomposición de todos los programas de estudio.

Además, el Tribunal advirtió que el incumplimiento de la ley podía provocar perjuicios graves y un deterioro salarial que afectarían el derecho de enseñar y aprender. En la misma línea evaluación, consideró que el ahorro derivado de no aplicar la norma no resultaba significativo para el presupuesto de la Administración Pública.

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