9 de abril de 2021 - 09:41

Vacunados contra el Covid-19 podrán ser llamados a trabajar de forma presencial

Una Resolución Conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, permite a los empleadores convocar al personal que recibió al menos la primera dosis de la vacuna, a realizar sus tareas en la empresa.

Los empleadores podrán “convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores” que hayan recibido “al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus. Así lo establece la Resolución Conjunta 4/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, por los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,

Así, todos aquellos que trabajan en relación de dependencia, y cumplan con la condición de haber sido vacunados, podrán ser llamados para regresar a sus puestos de trabajo, “independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación”.

  • Los empleados con inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave;
  • con VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable);
  • con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).
  • pacientes con enfermedades oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa;
  • con tumor de órgano sólido en tratamiento,
  • y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

Según la Resolución firmada por los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, los trabajadores “deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder” a la dosis.

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