La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que los abuelos, tíos y otros familiares que tienen a cargo a un menor pueden solicitar el cambio de titularidad para cobrar la AUH o el SUAF mediante el trámite denominado Adenda 63. El objetivo es que la prestación sea percibida por la persona que convive con el niño y se ocupa de su cuidado diario.
El procedimiento está destinado a situaciones en las que el menor quedó bajo la responsabilidad de otro integrante de la familia. De esta manera, quienes necesitan saber cómo cambiar la titularidad a otro familiar pueden acceder a un trámite específico que no modifica el beneficio otorgado, sino únicamente la persona que lo cobra, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
La Adenda 63 permite reconocer al adulto responsable que convive con el niño, sin modificar el beneficio que recibe.
Cómo cambiar la titularidad a otro familiar para cobrar la AUH o el SUAF
La Adenda 63 es el mecanismo que permite cambiar la titularidad de la AUH o del SUAF cuando el cuidado de un niño o adolescente está a cargo de un familiar distinto de sus padres. El trámite fue creado para reconocer al adulto responsable que convive con el menor y cubre sus necesidades cotidianas.
Es importante aclarar que este procedimiento no modifica el tipo de prestación. Es decir, si el menor percibe una asignación por SUAF, seguirá siendo SUAF, y si corresponde la AUH, continuará bajo ese régimen. El único cambio es la persona que recibe el pago de la asignación.
Para solicitar la Adenda 63, el adulto responsable debe presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), el DNI del menor y la partida de nacimiento. Además, tiene que aportar documentación que demuestre la convivencia y acredite que está a cargo del niño o adolescente.
Una vez presentada la documentación, Anses evalúa cada caso de acuerdo con las disposiciones de la Ley 24.714 antes de autorizar el cambio de titularidad.
Dónde se realiza el trámite y qué documentación interviene en la gestión
El trámite para cambiar la titularidad de la AUH o del SUAF comienza en el Ministerio de Capital Humano, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) o en los organismos provinciales habilitados por ANSES.
El trámite se inicia ante organismos habilitados y finaliza en Anses con la documentación que acredita la responsabilidad sobre el menor.
Después de analizar la situación familiar, el organismo correspondiente elabora una declaración jurada del adulto responsable, una nota de evaluación técnica y un informe de reconversión. Con esa documentación, el solicitante debe concurrir a una oficina de ANSES para completar el cambio de titularidad.
También es importante distinguir este trámite de otros procedimientos vigentes. Cuando el pedido de cambio lo realiza la madre o el padre del menor, no corresponde iniciar la Adenda 63. En esos casos debe utilizarse el Formulario Madres, destinado exclusivamente a los cambios de titularidad entre progenitores. De esta forma, ANSES diferencia los trámites según quién solicita la modificación y cuál es el vínculo con el niño o adolescente.