Amplían la Tarjeta Alimentar: qué trabajadores podrán cobrar hasta $34.000 extra

El Gobierno anunció que un grupo de trabajadores recibirá el beneficio en caso de tener hijos de hasta 14 años. ¿Quiénes pueden acceder?

Amplían la Tarjeta Alimentar: qué trabajadores podrán cobrar hasta $34.000 extra
Amplían la Tarjeta Alimentar: qué trabajadores podrán cobrar hasta $34.000 extra (Imagen ilustrativa / Web)

La ministra de Desarrollo Social de la Nación, Victoria Tolosa Paz, anunció este miércoles una ampliación del grupo de personas habilitadas a cobrar la Tarjeta Alimentar, el beneficio mensual de hasta $34.000 que se deposita junto a las asignaciones universales. De esta manera, los trabajadores rurales temporarios o estacionales de la República Argentina, que tengan hijos o hijas de hasta 14 años, podrán cobrar el dinero, en un intento del Gobierno por promover el empleo registrado.

La medida fue oficializada por la funcionaria en una presentación en Casa Rosada Rosada junto al Secretario de Empleo de la Nación, Leonardo Di Pietro, y el Secretario de Seguridad Social, Luis Goñi, a través de la firma de la Resolución 1.163/23.

QUÉ ES LA TARJETA ALIMENTAR

La Tarjeta Alimentar es un instrumento brindado por el Estado nacional para reforzar el acceso a la canasta básica alimentaria. Su implementación es automática, por lo que no hace falta hacer ningún trámite.

Antes se entregaba una credencial plástica para limitar el uso de la plata a alimentos en comercios, pero ahora se deposita el monto directamente en la caja de ahorro. Es decir, se puede utilizar el dinero en cualquier rubro.

El Programa Alimentar es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE).

Tarjeta Alimentar (Imagen ilustrativa / Web)
Tarjeta Alimentar (Imagen ilustrativa / Web)

LOS CAMBIOS ANUNCIADOS POR TOLOSA PAZ

La nueva Resolución firmada por Tolosa Paz establece que “las y los trabajadores que sean contratados bajo modalidad de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo, conforme lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley Nº 26.727 y sus modificatorias, y quienes sean contratados para desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad establecida en el artículo 96 de la Ley N° 20.744 y sus modificatorias y aquellos alcanzados por los Convenios de Corresponsabilidad Gremial, tendrán derecho a acceder a y/o continuar con la percepción de la Prestación Alimentar, salvo que sus ingresos y los de su grupo familiar —entendidos aquellos en los términos del artículo 2° del Decreto N° 1667 del 12 de septiembre de 2012— sean superiores a los límites que condicionan el otorgamiento de las asignaciones familiares”.

Hasta el momento esa posibilidad se encontraba vedada por la Resolución 1.734/21 que modificaba el alcance del programa de seguridad alimentaria para niñas, niños y adolescentes.

“Esto es una novedad muy importante, no solo porque van a cumplir con el anhelo de que estén registrados y cumplan los derechos laborales, sino fundamentalmente porque vamos a tener la cobertura en el sistema de alimentación de los hijos de esos trabajadores y trabajadoras como el resto de los trabajadores informales que cuentan con esta cobertura”, explicó la ministra.

“Es una medida que tiene para nosotros un impacto muy importante, no en términos fiscales, sino en términos del reconocimiento de la actividad más importante a defender desde el Ministerio de Desarrollo Social y desde el Ministerio de Trabajo, que es no solo cuidar los ingresos de los trabajadores, sino, fundamentalmente garantizar sus derechos”, señaló.

Según destacó el Gobierno, la medida de flexibilizar el pago de la Prestación Alimentar se origina a partir de un análisis del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, según el cual en los últimos años se produjo un retroceso en la registración laboral de las economías regionales no atribuido a una disminución de la producción agrícola. Además, asociaciones de productores de las economías regionales de diferentes provincias habían manifestado en ámbitos sectoriales su preocupación por la situación.

Esta resolución alcanza a un universo aproximado de 60 mil trabajadoras y trabajadores registrados por el MTEySS en 2022, más todas aquellas personas que a partir de esta medida se incorporen al trabajo rural temporario y estacional.

MONTOS A COBRAR POR TARJETA ALIMENTAR EN JUNIO DE 2023

  • $17.000 mensuales por un hijo menor de 14 años o con discapacidad.
  • $17.000 mensuales a titulares de la Asignación por Embarazo (AUE).
  • $26.000 mensuales por dos hijos menores de 14 años o con discapacidad.
  • $34.000 mensuales por tres o más hijos menores de 14 años.
Prestación Alimentar: hasta $34.000 mensuales de manera automática (Imagen ilustrativa / Web)
Prestación Alimentar: hasta $34.000 mensuales de manera automática (Imagen ilustrativa / Web)

TARJETA ALIMENTAR: QUIÉNES PUEDEN ACCEDER

  • Madres y padres con hijas e hijos de hasta 14 años que al momento estén percibiendo la Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Mujeres embarazadas a partir de los tres meses de gestación que perciben la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
  • Personas con discapacidad que perciben AUH.
  • Madres con siete hijos o más que perciben Pensiones No Contributivas (PNC).
  • Trabajadores rurales temporarios o estacionales.

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