La Justicia de Río Negro tomó una medida poco habitual frente al incumplimiento de una cuota alimentaria: ordenó suspender Netflix, Disney+ y otros servicios de streaming que tenía contratados un padre que acumuló una deuda cercana a los $4 millones.
La restricción, emitida este jueves por el Juzgado Multifueros de El Bolsón, se mantendrá mientras el progenitor no regularice su situación y forma parte de un conjunto de medidas destinadas a conseguir el cumplimiento de una obligación considerada prioritaria: garantizar los recursos necesarios para sus hijos.
El fallo introduce una herramienta diferente frente a los incumplimientos alimentarios.
En lugar de recurrir únicamente a mecanismos patrimoniales como embargos o intimaciones, el tribunal avanzó sobre consumos vinculados con el entretenimiento y el confort personal del deudor.
Según explicó en un comunicado el Ministerio Público Fiscal, la decisión judicial establece una diferencia entre los gastos destinados al esparcimiento del adulto y las necesidades básicas de sus hijos.
Debe $4.000.000 de cuota alimentaria y la Justicia le suspendió Netflix y Disney+
Imagen ilustrativa
De acuerdo con el criterio adoptado por la magistrada, mientras exista una deuda alimentaria cercana a los $4 millones, determinados consumos considerados prescindibles no pueden ubicarse por encima de las obligaciones destinadas a la manutención de los menores.
En ese sentido, la suspensión de las plataformas digitales funciona como una medida coercitiva. El objetivo es generar un impacto concreto en la vida cotidiana del progenitor para incentivar el cumplimiento de una obligación que, según surge del expediente, no pudo ser resuelta mediante los mecanismos utilizados hasta el momento.
Dentro del expediente también se encuentra en trámite un mandamiento de embargo sobre un rodado.
Además, el Poder Judicial ordenó consultar a los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para determinar si existen bienes registrados a nombre del deudor. En caso de detectarse propiedades, podrá evaluarse la posibilidad de avanzar con un embargo para intentar recuperar los montos adeudados.
En los fundamentos de su decisión, la magistrada remarcó que el derecho alimentario constituye un derecho humano básico. También recordó que el incumplimiento de esa obligación compromete el derecho de los hijos a acceder a un nivel de vida adecuado y afecta su interés superior.
El análisis judicial también incorporó la situación de la progenitora.
La jueza del caso consideró que la falta de cumplimiento de obligaciones esenciales respecto de un hijo puede constituir una forma de violencia económica contra la madre.
Aunque el tribunal dispuso nuevas restricciones, la magistrada rechazó imponer una multa al progenitor.
El argumento fue que sumar otra obligación económica no necesariamente sería eficaz si las medidas adoptadas hasta ese momento no habían conseguido forzar el pago de la cuota alimentaria. Por ese motivo, consideró que las herramientas deben seleccionarse teniendo en cuenta las circunstancias concretas de cada caso y las posibilidades reales de obtener un resultado.
La decisión también dejó abierta la posibilidad de avanzar por otra vía si el incumplimiento continúa. Según el fallo, frente a una situación sistemática de falta de pago puede promoverse una acción penal para buscar una respuesta que trascienda el ámbito civil.
La resolución, de todos modos, todavía no es definitiva. La sentencia puede ser apelada.