15 de junio de 2026 - 14:45

Los adolescentes ya no podrán usar bicicletas eléctricas: conocé la nueva ley y las normas de circulación

La clave está en distinguir una bicicleta con pedaleo asistido de un ciclomotor o una moto eléctrica: no tienen las mismas reglas.

El caso más claro está en la Ciudad de Buenos Aires, donde la ley define al ciclorodado con pedaleo asistido eléctricamente y fija una edad mínima de 16 años para conducirlo. Por eso, no corresponde decir que cualquier adolescente puede usarlo sin restricciones.

Qué se considera bicicleta eléctrica con pedaleo asistido

La normativa porteña describe estos vehículos como rodados de dos o tres ruedas con motor eléctrico auxiliar, impulsados por el esfuerzo de quien pedalea. Es decir, el motor asiste, pero no reemplaza por completo el pedaleo.

Además, la asistencia debe interrumpirse cuando el vehículo alcanza los 25 km/h o antes si la persona deja de pedalear. También se fija una potencia máxima de 500 watts y un peso máximo de 40 kilos.

La diferencia clave: bici eléctrica o ciclomotor

Si el rodado supera esas condiciones, deja de tratarse como una simple bicicleta con asistencia. La propia ley porteña indica que todo ciclorodado con motor que no cumpla esos límites debe considerarse, a sus efectos, como un ciclomotor.

Los adolescentes ya no podrán usar bicicletas eléctricas conocé la nueva ley y las normas de circulación

Ahí cambia todo: ya no alcanza con circular como ciclista. Entra en juego la normativa de licencias, clases de vehículos, casco, documentación y requisitos propios de ciclomotores o motos eléctricas.

Qué pasa con los menores de edad

En CABA, la edad mínima para manejar un ciclorodado con pedaleo asistido eléctricamente es de 16 años. Por lo tanto, un menor de 12, 13 o 14 años no debería circular con una e-bike de ese tipo en la vía pública porteña.

Distinto es el caso de una bicicleta común o de uso infantil, donde la recomendación de seguridad es circular a baja velocidad, con casco, supervisión adulta y en espacios adecuados. Eso no debe confundirse con una bicicleta eléctrica urbana capaz de alcanzar velocidades mayores.

Si ya es ciclomotor o moto eléctrica, rige otra legislación

A nivel nacional, Argentina.gob.ar informa que desde los 16 años se puede manejar ciclomotores, siempre con licencia correspondiente, autorización de los padres o representantes legales y sin llevar pasajeros. Para motos de mayor categoría, las edades y clases cambian.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial detalla que la licencia clase A 1.1 alcanza a ciclomotores de hasta 50 cc o hasta 4 kW de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica. Las motos eléctricas de mayor potencia ingresan en subclases superiores.

Normas básicas de circulación

Además de la edad, hay requisitos técnicos y de seguridad. En CABA, los ciclorodados deben contar con frenos, timbre o bocina, espejo retrovisor, elementos reflectantes y luces para circulación nocturna.

  • Pedaleo asistido real: el motor debe cortar a 25 km/h o al dejar de pedalear.
  • Edad mínima: en CABA, 16 años para bicis eléctricas asistidas.
  • Potencia máxima: 500 watts para seguir siendo ciclorodado asistido.
  • Si supera límites: puede ser considerado ciclomotor.
  • Ciclomotor eléctrico: requiere licencia y reglas de moto según clase.
  • Menores de 12: no deben confundirse con usuarios habilitados de e-bikes urbanas; si usan bici común, debe ser a baja velocidad y con supervisión.

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