26 de mayo de 2025 - 07:52

Ya rige la ley que declara la emergencia del sistema hidroeléctrico Los Nihuiles: los puntos más importantes

La emergencia regirá por 14 meses y busca asegurar la continuidad en la generación eléctrica mientras se define el futuro de las concesiones. La provincia podrá concesionar la operación hidroeléctrica por hasta 30 años.

Curiosamente, el documento cuenta con la firma del segundo vicepresidente de la Cámara de Senadores y miembro del bloque del Peronismo, Félix González. También está la rúbrica del presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi, de Cambia Mendoza.

Entre los principales puntos, la ley dispone la continuidad del período de transición para la operación del sistema Los Nihuiles por parte de la empresa Hidroeléctrica Los Nihuiles S.A. (HINISA), tal como estaba previsto en los decretos provinciales 1021/2024 y 1085/2024. También se autoriza a la empresa Hidroeléctrica Diamante S.A. (HIDISA) a continuar utilizando el recurso hídrico del río Diamante para la generación de energía, conforme al contrato de concesión vigente.

La norma habilita al Poder Ejecutivo a concesionar por hasta 30 años la generación hidroeléctrica en el sistema Diamante, y a avanzar en una licitación conjunta de ambos sistemas (Los Nihuiles y Diamante) con el objetivo de optimizar el uso de los recursos hídricos y garantizar la prestación del servicio.

Asimismo, se autoriza al Ejecutivo provincial a realizar contrataciones directas —fuera del régimen general de compras del Estado— para tareas de operación, mantenimiento, reparación y continuidad funcional del sistema Los Nihuiles. Estas contrataciones deberán respetar principios de razonabilidad, eficiencia, publicidad, transparencia y control.

Otra de las disposiciones destacadas es que el Ejecutivo podrá reasignar partidas presupuestarias para afrontar los gastos derivados de la emergencia, y requerir toda la información necesaria a las actuales concesionarias para facilitar la transición.

La ley establece además que el Gobierno provincial deberá informar a la Legislatura cada 90 días sobre el avance del proceso licitatorio y las acciones emprendidas para mantener el servicio.

La medida se da en el marco del vencimiento de las concesiones hidroeléctricas en la región y forma parte de un proceso más amplio de reorganización del esquema de generación de energía a partir de recursos hídricos en Mendoza.

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EMESA asumirá la operación de Nihuil IV tras el visto bueno de Nación

La Central Hidroeléctrica Nihuil IV, ubicada sobre el Río Atuel en el departamento de San Rafael, comenzará a ser operada por la Empresa Mendocina de Energía S.A.P.E.M. (EMESA), según lo establece la Resolución 203/2025 emitida por la Secretaría de Energía de la Nación durante la semana pasada.

La medida oficializa el traspaso de titularidad solicitado EMESA, designándola como nuevo Agente Generador en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Con una potencia instalada de 30 MW, Nihuil IV se encuentra aguas abajo de la presa de Valle Grande, sobre la Ruta Provincial 173.

El proceso de traspaso tuvo sus antecedentes en decisiones tomadas a nivel provincial. En julio de 2024, el Ministerio de Energía y Ambiente de Mendoza transfirió la tenencia de la central a EMESA a través del Decreto 1.423, con el objetivo de que la empresa estatal asumiera su operación y mantenimiento. Luego, en marzo de 2025, el Decreto 484 autorizó formalmente la sustitución del agente generador.

La resolución de la Secretaría de Energía también impone condiciones económicas. Cualquier sobrecosto o penalidad vinculada a fallas operativas durante la transición deberá ser asumido por EMESA, y CAMMESA tendrá facultades para cargar esos costos dentro del período estacional correspondiente.

Además, se establece que la continuidad de EMESA como operador dependerá de la firma de un contrato de concesión con el Estado Nacional antes del 31 de diciembre de 2025, según lo estipula la Ley 15.336.

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