El camarista mendocino Juan Ignacio Pérez Curci fue sorteado para integrar como conjuez el pleno de la Corte Suprema de Justicia que tratará el nuevo planteo vinculado al fallo sobre la Ley de Tierras, que habilitó la compra sin límites por parte de extranjeros en Argentina.
El tribunal informó que, por sorteo, los designados fueron los camaristas Diego Barroetaveña (de Casación) y Juan Ignacio Pérez Curci (de la Cámara Federal de Mendoza) quienes se suman como conjueces para formar pleno con los jueces Horacio Rossati, Carlos Rosenkratz y Ricardo Lorenzetti.
El nuevo planteo que debe resolver la Corte Suprema
El expediente que ahora llegó nuevamente a la Corte se originó en un pedido de aclaratoria presentado por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora rionegrina María Magdalena Odarda, quien estuvo al frente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas durante el gobierno de Alberto Fernández.
Los demandantes buscan que el máximo tribunal precise si el fallo que dictó la semana pasada, en el caso promovido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), también alcanza al amparo colectivo que ellos presentaron contra la derogación de la Ley de Tierras.
En concreto, habían solicitado que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, firmado por Javier Milei, que derogó la Ley 26.737, que establecía restricciones para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia
CSJN
El planteo fue considerado por la Cámara Federal de La Plata como un caso conexo al iniciado por el Cecim, que también cuestionaba la derogación de la normativa.
En 2024, ese tribunal había hecho lugar al planteo de los excombatientes y declarado la inconstitucionalidad del decreto presidencial en ese punto. Sin embargo, la Corte Suprema revocó esa decisión la semana pasada y, por unanimidad, consideró que el Cecim no tenía legitimación para promover esa acción judicial.
Ahora, los otros demandantes buscan determinar si ese criterio también deja sin efecto o condiciona su propio expediente. Su argumento central es que no son los mismos actores ni invocan la misma legitimación que el Cecim.
Qué puede hacer ahora el máximo tribunal
En el pedido presentado ante la Corte, los demandantes solicitaron que se precise si el fallo dictado en el expediente del Cecim “produce algún efecto” sobre su causa y, en ese caso, cuál sería su alcance.
La aclaratoria plantea que los integrantes de Árbol de Pie, Odarda y las comunidades indígenas invocaron “títulos de legitimación propios y diferentes” de los que fueron analizados por la Corte en el caso de los excombatientes. Por ese motivo, sostienen que la falta de legitimación determinada para el Cecim no necesariamente debería extenderse a su acción colectiva.
Si la Corte entiende que el expediente puede continuar, deberá definir qué trámite corresponde darle. Una de las posibilidades es devolver la causa a la Justicia Federal, ya sea en La Plata o en Bariloche, para que continúe su recorrido en las instancias inferiores.
Otra alternativa es que el propio máximo tribunal se pronuncie sobre la medida cautelar solicitada por los demandantes, aunque para ello debería considerar que se encuentran reunidos los requisitos necesarios y que existe una situación de urgencia que justifique una intervención directa.
Los demandantes también contemplaron el escenario contrario: que la Corte considere que lo resuelto en el caso Cecim alcanza a su expediente. En ese supuesto, pidieron que el tribunal explique expresamente los fundamentos y el alcance de esa decisión respecto de sus propios argumentos de legitimación.
El sorteo de los conjueces
La necesidad de completar el tribunal surgió porque los jueces de la Corte no alcanzaron un acuerdo suficiente para resolver el nuevo planteo. Como las decisiones del máximo tribunal requieren al menos tres votos, se dispuso el sorteo de dos conjueces entre los presidentes de las cámaras federales de todo el país.
En total, participaron 20 camaristas, representados cada uno por una bolilla. El procedimiento se realizó este martes en una de las secretarías de la Corte y fue seguido de manera virtual por las partes, según consta en el acta oficial.
De ese sorteo surgieron Pérez Curci y Barroetaveña, quienes pasarán a integrar el pleno junto a Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti para analizar la aclaratoria.
El pedido había sido presentado el jueves pasado y apunta, en definitiva, a determinar si el fallo de la Corte sobre el Cecim cierra también el camino judicial para los demás actores o si, por el contrario, su causa debe ser analizada de manera independiente.
Los demandantes sostienen que su reclamo tiene una base diferente a la del Cecim. Mientras los excombatientes habían planteado argumentos vinculados con la soberanía nacional, Árbol de Pie, las comunidades indígenas y Odarda sostienen que su acción se apoya en derechos colectivos vinculados con la protección ambiental y los derechos de los pueblos originarios.
En particular, señalan que esos derechos están relacionados con los territorios ancestrales de las comunidades indígenas y con el impacto que podría generar la eliminación del régimen de protección establecido por la Ley 26.737.
Por eso, insisten en que la Corte debe analizar de manera específica si ellos cuentan con legitimación para continuar con el reclamo, más allá de lo que resolvió respecto del Cecim.