La Legislatura de Mendoza otorgó la sanción final al proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que declara la emergencia por riesgo hidrometeorológico y climático en todo el territorio provincial. La normativa responde de manera directa al impacto previsto por el episodio del fenómeno de El Niño para el ciclo 2026-2027.
La ley contempla un plazo inicial de 180 días seguidos, los cuales podrán ser prorrogados por un periodo idéntico mediante un decreto debidamente fundado.
El objetivo central de la declaración es instaurar un marco regulatorio especial que habilite al Estado provincial a actuar con celeridad para resguardar a la población, la infraestructura clave, los servicios esenciales, la producción local y los recursos hídricos.
Herramientas de respuesta rápida y obras prioritarias
Con esta norma, las autoridades dispondrán de facultades para acelerar las contrataciones estrictamente vinculadas con la emergencia. Entre las principales acciones estipuladas figuran la ejecución urgente de obras hidráulicas y de drenaje, el mantenimiento de caminos, los trabajos sobre cauces y canales, y la ampliación de la red provincial de monitoreo preventivo.
Asimismo, la legislación promueve un cambio conceptual en el abordaje de las contingencias, migrando de un modelo puramente reactivo hacia un esquema de anticipación basado en información científica, cooperación entre instituciones y gestión integral del riesgo.
Para garantizar la transparencia en el uso de los instrumentos, la norma fija explícitamente que estas herramientas excepcionales solo podrán utilizarse bajo criterios de razonabilidad, eficiencia, publicidad y control.
Durante su paso por la Cámara de Senadores, el texto original recibió modificaciones que posteriormente fueron respaldadas por voto unánime en Diputados. Entre los ajustes destacados, se eliminó el artículo que obligaba a los municipios, a Irrigación y a entes descentralizados a dictar sus propias normas de aplicación.
En su lugar, se reforzó la coordinación técnica tomando como insumo base los informes emitidos por el Departamento General de Irrigación para identificar puntos críticos y priorizar las intervenciones necesarias.
La autoridad de aplicación de la ley será el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, organismo que dispondrá de 10 días hábiles para reglamentar la norma. En materia de fiscalización, la autoridad deberá confeccionar un informe trimestral sobre el avance de las medidas y remitirlo a ambas cámaras de la Legislatura dentro de los 30 días posteriores al cierre de cada trimestre.
Esta iniciativa se acopla al plan integral de prevención que fue presentado en agosto por el gobernador Alfredo Cornejo junto a su gabinete, intendentes y organismos vinculados a la gestión de emergencias. Con la sanción definitiva, la provincia consolida los mecanismos de alerta temprana e intercambio de información técnica para anticiparse a los efectos de precipitaciones intensas y otros eventos hidrometeorológicos.