Mendoza mantiene el reclamo retroactivo
La demanda original tenía como uno de sus principales objetivos que se declarara la nulidad del Decreto 1560/73, que estableció el esquema mediante el cual Mendoza y La Pampa recibieron durante décadas el 50% de las regalías generadas por Los Nihuiles.
Además, la Provincia reclamó el pago de las sumas que considera que dejó de percibir durante ese período. Sin embargo, el nuevo decreto nacional modificó el escenario hacia adelante, pero no reconoció la existencia de una deuda por los años anteriores.
Por eso, Mendoza deberá readecuar formalmente su demanda. “Como salió el nuevo decreto de Nación derogando a ese decreto, nosotros ahora tenemos que readecuar la demanda”, explicó Simón.
El Fiscal de Estado, Fernando Simón, encabeza la demanda por Los Nihuiles ante la Corte Suprema de Justicia
Archivo Los Andes
El fiscal señaló que originalmente la Provincia había acudido a la Corte por una denegatoria tácita, debido a que Nación no había resuelto el pedido administrativo para que se declarara la nulidad del régimen anterior.
Ahora existe una respuesta expresa del Estado nacional: el nuevo decreto derogó el esquema, pero consideró que había sido válido durante el período en el que estuvo vigente. “Ahora lo que tenemos es una denegatoria expresa de la nulidad del decreto y un reconocimiento a futuro”, explicó.
En ese marco, Mendoza sostendrá ante la Corte que la derogación del régimen no alcanza para cerrar el reclamo por los fondos que, según su planteo, debieron ingresar a la Provincia durante las últimas décadas. El retroactivo seguirá siendo parte central del juicio.
Qué pasa con la deuda de Los Nihuiles
El Decreto 982/2026 establece hacia adelante el esquema que Mendoza venía reclamando: que el 100% de las regalías hidroeléctricas corresponda a la provincia en cuyo territorio se encuentra el salto de agua que genera la energía.
Sin embargo, el decreto no reconoce que el régimen anterior haya sido inválido ni establece un mecanismo para devolver las sumas que Mendoza considera que dejó de percibir.
La posición de Mendoza es que el decreto anterior fue incorrecto y que, durante su vigencia, la Provincia recibió solamente la mitad de las regalías que le correspondían.
Operarios en la central Nihuil 1, parte del sistema hidroeléctrico Los Nihuiles, en San Rafael.
Prensa Gobierno
En cuanto a quién debería afrontar eventualmente ese reclamo, Simón aclaró que la demanda está dirigida contra Nación, porque fue el Estado nacional el que estableció el esquema de distribución y efectuó los pagos.
“Nosotros reclamamos a Nación porque es el que pagó y el que dijo que decidió pagar mitad y mitad”, señaló. Si Nación eventualmente decidiera reclamar esos fondos a La Pampa, agregó, sería una cuestión posterior.
El monto definitivo dependerá de lo que resuelva la Corte y del mecanismo de actualización que se determine. Simón recordó que el reclamo ascendía a $67.338 millones a diciembre de 2021, antes de las actualizaciones. “Cuando salga la sentencia habrá que actualizarlo de nuevo”, explicó.
En qué estado está el juicio en la Corte Suprema
El expediente iniciado por Mendoza en 2022 ya tiene definida la competencia del máximo tribunal. Según explicó Simón, la Procuración del Tesoro había dictaminado que la causa correspondía a la Corte y posteriormente el tribunal reconoció esa competencia.
El paso más reciente se produjo en agosto pasado, cuando la Corte dio traslado a La Pampa en carácter de tercero para que intervenga en el expediente. “En el 2023 la Corte declaró la competencia, pero recién en agosto pasado citó a La Pampa como tercero”, explicó el fiscal.
La provincia vecina todavía no respondió y, una vez notificada, cuenta con 60 días hábiles para hacerlo.
El gobernador Alfredo Cornejo en su visita a San Rafael para firmar la toma de posesión de Los Nihuiles.
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A partir de esa contestación, la Corte deberá definir cómo continúa el expediente. Entre las alternativas se encuentra la apertura de la causa a prueba, la convocatoria a una audiencia o la resolución como una cuestión exclusivamente jurídica.
En este último caso, explicó Simón, no sería necesario producir pruebas, sino desarrollar los argumentos jurídicos. Si el fallo fuera favorable al reclamo económico, podría abrirse luego una etapa para determinar el monto.
La cautelar de Santa Rosa y el pedido de inhibitoria
Mientras ese expediente continúa su curso en la Corte, La Pampa abrió otro frente judicial en Santa Rosa para cuestionar el Decreto 982/2026.
El juez federal Juan José Baric dictó una cautelar interina inaudita parte, es decir, sin escuchar previamente a las partes involucradas. La medida suspendió provisoriamente los efectos de algunos artículos del nuevo decreto mientras el Estado nacional responde el planteo.
En este expediente hay una diferencia clave: La Pampa demandó al Estado nacional y no a Mendoza. Por eso, el Estado nacional tiene un plazo de tres días para responder sobre la cautelar y, posteriormente, el juez deberá resolver si mantiene o deja sin efecto la medida.
Mendoza, sin embargo, considera que esa causa no debería continuar en el juzgado federal de Santa Rosa porque aborda la misma cuestión que ya se encuentra bajo análisis de la Corte Suprema.
El gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, se aferró a la cautelar dictada por el juez federal de Santa Rosa
Archivo Los Andes
A eso suma otro argumento: según la interpretación de la Provincia, las demandas que involucran a una provincia y al Estado nacional corresponden a la competencia originaria de la Corte.
Por ese motivo, la presentación de Mendoza va por dos vías. Por un lado, readecuará la demanda original para incorporar el nuevo escenario generado por el Decreto 982/2026 y mantener el reclamo por los retroactivos.
Por otro, solicitará al máximo tribunal que dicte la inhibitoria del juez federal de Santa Rosa, para que la causa iniciada por La Pampa no continúe en ese juzgado y sea llevada al ámbito de la Corte.
La Provincia no esperará a que termine la discusión sobre la cautelar para realizar su presentación ante el máximo tribunal. El fiscal remarcó que Mendoza no es parte formal del expediente que tramita en La Pampa y que, por lo tanto, no fue notificada de las actuaciones.
“Nación se va a defender en el juicio en Santa Rosa. Nosotros, como no somos parte en ese juicio, formalmente no sabemos nada”, explicó.
Por eso, la estrategia provincial será presentarse directamente ante la Corte para plantear la cuestión de competencia. “Nunca nos notificaron nada, no somos parte, no nos denunciaron. Nosotros directamente nos presentamos en la Corte pidiendo la inhibitoria del juez de Santa Rosa”, completó.